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Ver versión completa : Consulta sobre un PERI



cosentino
29/12/2006, 19:32
Nuestro problema es el siguiente:
En el pueblo de Guadamur (Toledo) tenemos un terreno urbano de algo mas de 1 Hectarea en donde están construidas dos viviendas de la familia, una de ellas es una casa de 1923 y la otra se construyó hace 15 años, y un jardín común. El resto del terreno, aunque es urbano se ha estado utilizando de huerta, y tiene una superficie de unos 7.800 m2. Todo ha surgido cuando hemos querido hacer otra casa en el terreno para otro de los hermanos y hemos ido al Ayuntamiento a pedir la licencia de obras. Allí nos han dicho que no nos dan la licencia porque sobre el terreno existe una unidad de actuación, y no se puede construir la casa hasta que no se desarrolle el PERI y se urbanice todo el terreno. En la documentación referente a esta unidad de actuación existen a nuestro entender varios errores. En primer lugar para el calculo del terreno a urbanizar ellos consideran el total es decir los 10.080 m2 sin descontar la superficie de las viviendas ni la parte de jardín. En segundo lugar han trazado unas calles con las que no estamos de acuerdo. En tercer lugar el Ayuntamiento para el cálculo del dotacional ha considerado que se pueden construir 15 viviendas/Ha, cuando en un futuro como mucho se harán 6, y han cogido 1008 m2 para zonas verdes (el 10 %) del total y ¡¡2.500 m2!! para dotacional (cuando a nuestro entender serían 20 m2 por cada 100 a edificar), indicando el ayuntamiento textualmente que “dado que la cesión dotacional es muy superior a la exigida, la diferencia del aprovechamiento tipo se compensará por transferencias de aprovechamiento a cargo del Ayuntamiento”. Y por último nadie nos ha comunicado absolutamente nada y nuestra primera noticia sobre este asunto ha sido ahora cuando hemos pedido la licencia. En el Ayuntamiento nos dicen que cuando hicieron la unidad de actuación hace 3 años pensaban que iban a necesitar ese terreno pero que ahora ya no necesitan tanto, y que desarrollemos el PERI con nuestras propuestas para presentarlo en el Ayuntamiento. Además acaba de aprobarse por Castilla La Mancha el POM de Guadamur, en donde estará incluida esta unidad de actuación, y no sabemos si debemos presentar alguna alegación para que quede constancia. Me gustaría si alguien puede decirnos qué es lo que debemos hacer porque nos sentimos bastante indefensos y sin tener ni idea de estos temas. Muchas gracias por adelantado.

JC_TEC
29/12/2006, 19:44
Por lo que yo se, que tampoco soy un experto en el tema, es que la unidad de actuacion cuando se aprobo tuvo que estar a exposicion publica e incluso publicada en los periodicos de mayor tirada en la zona, para que la gente presentara las reclamaciones dentro de un plazo maximo. Aunque ahora y dado que el POM se ha aprobado ahora, presentar una alegacion, contra la unidad de actuacion.
De todas formas la unidad de actuacion, no siempre estan obligados a mantener las viviendas existentes,tambien creo que tiene prioridad de desarrollo de la misma el que tenga el mayor % de la misma, pero tengo entendido que es un dineral, y lleva tiempo desarrollarla.
-Estudio de detalle
-Proyecto de urbanizacion
-Proyecto de viviendas
Todo depende lo que interese, a lo mejor interesa por los beneficios que puede aportar.
A lo mejor no te despeje muchas dudas.... un saludo

cosentino
29/12/2006, 21:30
Gracias JC TEC por tu respuesta. El problema es que para que podamos hacer la otra casa tenemos que urbanizar y para ello lo primero que tenemos que hacer es presentar un PERI desarrollado al ayuntamiento para que lo aprueben, para lo que tendremos que contratar a un arquitecto especialista en urbanismo, ya que cada vez que vamos al ayuntamiento nos marean con cosas que nosotros no sabemos si son ciertas o no. De todas formas si alguien me puede aclarar un poco más esta situación lo agradecería.

Espero que poco a poco se solucionen las cosas

APA
30/12/2006, 00:25
HOLA: En primer lugar te tengo que decir que el POM de Guadamur estuvo a información publica, hace bastante tiempo, pero además antes de salir a información, muchos propietarios se informaron, alegaron e hicieron numerosas propuestas al Ayuntamiento. Tengo conocimiento porque yo mismo redacte dos propuestas y estuve exponiendolas a la Alcaldesa. El resultado fue positivo para el propietario y la voluntad del Ayuntamiento fue dialogante. Aunque mantuvo su línea de actuación. En mis visitas al municipio, había numerosos propietarios informandose y negociando. Por cierto la fase de redacción y de tramitación ha sido dilatada.

Por lo que dices de tu propiedad, tecnicamente es suelo urbano no consolidado y por tanto forma parte de una Unidad de Actuación, que tiene que cumplir todos los deberes: Urbanización y cesión.

En cuanto a las edificaciones existentes, tendrías que haber pedido que se excluyeran de la Unidad y así no habrías tenido problema. No obstante si las edificaciones se consideran consolidadas estarían exentas de cesiones, ya que se deberían hacer sobre el aumento de aprovechamiento y el prexistente quedar libre. Pero esto no es una cuestión pacifica ya que cada cual toma su criterio. Hay tecnicos que interpretan que cuando forman parte de la U.A. hay que hacer cesiones de todo.

En cuanto a la cesión de dotacional, en efecto la cesión debe ser 20 m2 por cada 100 de eficabilidad que atribuyas en el PERI, obviamente con la densidad que comentas, la cesión es excesiva, pero si tienes derecho a transferencia de aprovechamiento, recibirás parcelas urbanizadas en otra U.A. que compensen el exceso.

Por último decirte que si el Ayto, considera que la cesión de dotacional hoy no la necesita, se podria plantear un PERI de mejora con modificación del planeamiento. Esto dependerá del criterio municipal y ante la reciente aprobación del POM, te podrían exigir que esperes un año desde la aprobación final, para proponer una modificación de planeamiento.

Obviamente, tu falta de seguimiento del POM, te ha conducido a este problema, deberias haberte informado en su momento. SUERTE.

davidn
03/01/2007, 21:31
Totalmente de acuerdo con APA que, además, es conocedor de la actuación explícita de la que hablas.
Unicamente recalcar que para realizar una nueva edificación se está obligado a desarrollar el planeamiento. Y si es rehabilitación, como mínimo a renunciar a los derchos de expropiación. (Quiza, si es una actuación pequeña, esta última opción posibilite su ejecución).

cosentino
08/01/2007, 20:19
Gracias por vuestra respuesta y perdonad que no os haya contestado antes pero he estado de viaje.
En el Ayuntamiento hemos recibido respuesta por escrito diciendo que ya no necesitan todo el dotacional que establecieron cuando hicieron la Unidad de actuación, y nos han comentado que desarrollemos el PERI con la propuesta que consideremos más idónea.
Tengo bastantes dudas sobre todo este tema, pero las principales son las siguientes:
¿Es obligatorio mantener el diseño de las calles establecido en la Unidad de Actuación o podemos hacer otro diseño?
¿La superficie para dotacional se le puede comprar al Ayuntamiento?
¿Es obligatorio ejecutar toda la urbanización antes de construir la vivienda que queremos hacer nueva o se puede hacer sólo el acceso a esta vivienda y posteriormente terminar la urbanización? En este caso ¿Existe un plazo máximo para ello?
Por último para desarrollar el PERI estamos buscando un estudio de arquitectura en Toledo especialista en estos temas, si conoceís alguno por favor enviadme un mensaje privado.
Gracias.

APA
10/01/2007, 23:51
¿Es obligatorio mantener el diseño de las calles establecido en la Unidad de Actuación o podemos hacer otro diseño?
Si las calles son estructurantes (obligado cumplimiento), no puedes alterarlas, esto te responderán en el Ayuntamiento. La decisición dependerá si tienen continuidad con otras actuaciones.
La LOTAU, permite PERI de mejora, en el que podrías cambiar su localización.


¿La superficie para dotacional se le puede comprar al Ayuntamiento?

No, el suelo dotacional NO SE PUEDE COMPRAR.


¿Es obligatorio ejecutar toda la urbanización antes de construir la vivienda que queremos hacer nueva o se puede hacer sólo el acceso a esta vivienda y posteriormente terminar la urbanización? En este caso ¿Existe un plazo máximo para ello?

A priori, hay que hacer toda la urbanización para edificar la vivienda. Ahora bien en el PAU que tienes que hacer, puedes formular hacerlo en fases, en la primera de ella, puede hacer la que corresponda a dicha vivienda y posteriormente las fases siguientes, para terminarla tienes un plazo maximo de 5 años.

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