PDA

Ver versión completa : Señalización cerramiento vidrio



Beginning
01/02/2007, 12:45
Hola. Ahí va mi dudilla:
En el DB SU 2 Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento, en el punto 1.4 Impacto con elementos insuficientemente perceptibles, habla de señalizar a cierta altura las superficies acristaladas...
¿A qué se refiere exactamente? ¿Qué maneras existen de señalizar? Supongo que pegatinas, pero... nusé, ¿pueden ser de cualquier color? ¿Y el grosor es el de la diferencia de cotas que dice en este punto? :confused:

Muchas gracias!

pao
05/02/2007, 18:00
Entiendo que se refiere a que haya una discontinuidad en la transparencia que evite la confusión cuando el vidrio esté limpio.

Además de las pegatinas también puede ser un tratamiento del vidrio (al ácido, por ejemplo) que le reste transparencia y por tanto continuidad que es lo que puede producir confusión antes del batacazo.:eek:

No creo que se refiera a dimensiones cuando habla de alturas, sinó más bien de un márgen de colocación, uno para la estatura media de un niño (altura de ojos entre 0,85 y 1,10 m) y otra para la estatura media de un adulto (altura de ojos entre 1,50 y 1,70 m) no necesariamente contínuas ni de esa dimensión.

En lenguaje no normativo digamos que debería ser “perceptible” que supongo que no quiere decir nada en concreto, pero si pusiera
“hay que colocar un circulo de diámetro 10 cm color rojo RAL LOQUESEA a una altura X m” estaríamos jurando en arameo por la intransigencia de la norma (con toda la razón)

Goyoes
05/02/2007, 21:12
Yo ya me he encontrado con el problema en unos locales para tiendas dentro de un centro comercial. No proyecté señalización en los vidrios de los escaparates (era antes del 29-S), pero me consta que el día de la inauguración una señora se comió un escaparate con la nariz (era vidrio de suelo a techo, con carpintería de aluminio pero sin montantes intermedios). Supongo que sería porque algunos escaparates no estaban montados del todo, y pudo confundir uno de ellos con un paso.
Veo un problema con este tema. ¿Poner una franja a 1,70 en un escaparate, justo a la altura de los ojos (como dice el CTE)? No quiero ni pensar cómo se pondría el propietario de la tienda...

arckko7
06/02/2007, 00:45
Pues en la Comunidad Valenciana ya es obligatorio desde antes del CTE...!:




http://www.pre.gva.es/L/BASIS/DIARIO/WEBBDLGV/TEXTO_INSERCION_DOGV_C/DDW?W=CODIGO_INSERCION%3D%272004/5644%27

ORDEN de 25 de mayo de 2004, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, por la que se desarrolla el Decreto 39/2004 de 5 de marzo, del Gobierno Valenciano en materia de accesibilidad en la edificación de pública concurrencia.

Las superficies acristaladas hasta el pavimento, deberán estar señalizadas para advertir de su presencia mediante dos bandas, formadas por elementos continuos o discontinuos a intervalos inferiores a 5,00 cm, situada la superior a una altura comprendida entre 1,50 m y 1,70 m y la inferior entre 0,85 m y 1,10 m, medidas desde el nivel del suelo. También deberán estar señalizadas las puertas que no dispongan de elementos como herrajes o marcos que las identifiquen como tales...

Así que ojito, que esto va en serio...!!! :D

Beginning
06/02/2007, 18:29
Muchísimas gracias a todos!!!

Condiciones de uso | Publicidad | Acerca de | FacebookUnirse a Sólo Arquitectura en Facebook | TwitterSeguir a @SArquitectura en Twitter

Prohibida la reproducción total o parcial sin la autorización previa y por escrito del editor.