Ver versión completa : SU 4.1 en vivienda unifamiliar
Es aplicable el SU4.1 en viviendas unifamiliares? en caso de ser así, como se justifica el cumplimiento de los luxes, si lo que dejamos son puntos de luz, hay que hacer aqui cálculos luminotécnicos???
SU 4.1 Alumbrado normal en zonas de circulación
El interior de las viviendas no se consideran zonas de circulación a efectos del SU.
¡Ah! ¿qué dónde lo pone? :eek: ...esto ha sido lo difícil de encontrar ya que el anejo de terminología del SU es un tanto escueto, pero por si te vale.
Cojemos la definición de
Uso restringido
Utilización de las zonas o elementos de circulación limitados a un máximo de 10 personas que tienen el carácter de usuarios habituales, incluido el interior de las viviendas.
Podemos observar como se establece esta sutil diferencia entre zonas de circulación e interior de las viviendas.
Sé que es un poco rebuscado pero coincide con el sentido común y eso es bueno.
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