PDA

Ver versión completa : Normativa de electricidad



angelass
24/03/2007, 14:16
Hola!

Una obra nueva construccion , (dos promotores).

Quiesiera saber que documentación tiene que dar los electricistas a la propiedad, cuando acaben en la obra? o nos la da el constructor? que se paga? y la OCA que es?
quien inspecciona que el edificio tiene la pontencia que necesita de luz
segun establezca la normativa?
y si no han puesto lo que corresponde por ley que se hace?

espero vuestra ayuda,

gracias.

ruffy
26/03/2007, 16:29
Debes explicarte un poco más, ¿por que hay dos promotores, además de constructor? ¿que tipo de obra es? ¿quien contrato a técnico?

En principio y a falta de estos datos, el electricista debe de entregar el certificado/s de la instalación (antigüo boletin) al que le haya contratado pero a nombre del usuario final o del promotor (si son viviendas). El "boletín" no debe de costar nada.

La OCA es Organismo de Control Autorizado y "sustituye/complementa" en ocasiones reglamentadas a Industria.

La inspección la realiza el director de obra y si hay defectos se pueden comunicar a Industria pero puede ser arma de doble filo.

arquimedes
26/03/2007, 20:30
Ojo con las Ocas, no las llames al tumtum "para ver como va la instalacion que si esta mal ya las llamo otra vez" por ley si el dictamen es negativo, tienen el deber (no es que puedan) de oficio de remitir en un plazo de 10 dias (creo recordar que es este periodo o uno muy similar) el informe con los defectos a industria.
En cuanto q quien verifica que tiene lo que necesita de potencia (me da repeluz lo de luz jeje) en principio es el proyectista si la obra lleva proyecto. Si es un bloque de menos de 100 kw o individuales por menos de ese valor no es obligatorio proyecto y es el electricidsta autorizado el responsable

Condiciones de uso | Publicidad | Acerca de | FacebookUnirse a Sólo Arquitectura en Facebook | TwitterSeguir a @SArquitectura en Twitter

Prohibida la reproducción total o parcial sin la autorización previa y por escrito del editor.