Ver versión completa : Realización de los mapas del ruido
Sábeis cómo va la realización de los mapas del ruido, de acuerdo al Decreto 326/2003 "Reglamento de Protección contra la contaminación acústica" de Sevilla??
Saludos
En Andalucía entiendo que la Normativa aplicable en relación con "el ruido" sería:
NBE-CA/88
Decreto 326/2003 "Reglamento contra la Contaminacion Acustica" ???
Un saludo
El mapa de ruidos de Sevilla capital ya está hecho hace varios años y se puede consultar, periódicamente se hacen medidas para verificar que todo sigue como estaba y, si ha variado, se modifica donde se estime conveniente.
La mayoría de las ciudades de más de 250000 habitantes ya tienen concluido su mapa de ruidos.
Estimado Emabas
En Andalucia, como en el resto de España la legislación aplicable en materia de ruido ambiental es:
* Ley del Ruido (Ley 37/2003) (http://www.ruidos.org/Normas/Ley_37_2003.html)
* RD 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental (http://www.ruidos.org/Normas/RD_1513-2005.pdf)
En Andalucía, hasta el pasado 20 de marzo de 2007, el siguiente desarrollo tenia carácter, por decirlo de alguna forma, Transitorio, en cuanto estaba lleno de errores y contradicciones con la Ley 37/2003
* Decreto 326/2003, de 25/11, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica (http://www.ruidos.org/Normas/Decreto_and_326_03.html)
* Orden de 29/6/2004, sobre técnicos acreditados y actuación subsidiaria de la Consejería de Medio Ambiente en materia de Contaminación Acústica (http://www.ruidos.org/Normas/Orden_And_040629.html)
Por ejemplo el decreto hace referencia a una norma UNE-EN-ISO 1996-2:1997 inexistente, pero como dicha disposicion obligaba a los Ayuntamientos, pues casi todos "traspusieron" la obligatoriedad de una norma inexistente.
Otro error, es la redaccion dada por los art. 22 y 23 refiriéndose a unos valores dados en determinadas tablas. Comparar un valor sin considerar la magnitud, es como comparar Kg de peras con Kg de basura, de primaria. El valor siempre debe ir acompañado de su magnitud y NAE, ni NEE, ni LAeqR son magnitudes, porque deberían ir acompañadas del periodo al que se refieren. Si te fijas bien la NBE-CA-88 especificaba durante (x1 - x2) y el redactor de la reglamentacion andaluza se comio la palabra y como consecuencia, arrastro a todos los Ayuntamientos. Ahora lee el art. 11.1 de la Ley 37/2003 y comprenderas a lo que me estoy refiriendo.
Con la publicación el 20 de marzo de 2007 de la Ley Orgánica 2/2007, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía El sistema competencial ha quedado fijado, y la verdad es que hay que esperar el desarrollo de los art. 55.2, 57.3 y 201.1 que por lo que se ve, ya estan en marcha.
Esperemos que los redactores, sean un poco mas meticulosos y regulen sin especular. No obstante, siempre queda la normativa internacional a la cual acogerse.
Estimado ppk
El Mapa a que te refieres, es faseado, no contempla la realidad actual de la ciudad, y para verlo tienes que liar poco buena. Vamos que no tiene nada que ver con la informacion dinamica que existe en www.Ruido.com
Si quieres, pasas los millones de datos que dicen que manipulan, a horas de medida y veras que las campañas no son tan representativas como debieran y sobre todo, es muy sesgado, porque si lo unes a las estaciones malo. Desde mi punto de vista debiera ser menos ambicioso, porque si el que mucho abarca, poco aprieta. El que abarca por trozos cuando llega a la crema, esta esta cortada.
Estimado Emabas
Estimado ppk
El Mapa a que te refieres, es faseado, no contempla la realidad actual de la ciudad, y para verlo tienes que liar poco buena. Vamos que no tiene nada que ver con la informacion dinamica que existe en www.Ruido.com (http://www.Ruido.com)
Si quieres, pasas los millones de datos que dicen que manipulan, a horas de medida y veras que las campañas no son tan representativas como debieran y sobre todo, es muy sesgado, porque si lo unes a las estaciones malo. Desde mi punto de vista debiera ser menos ambicioso, porque si el que mucho abarca, poco aprieta. El que abarca por trozos cuando llega a la crema, esta esta cortada.
Hola, estoy de acuerdo en que es faseado y que para verlo tendrás que liar poco buena. El link que pones es un buscador y no aparece información dinámica, si pudieses revisarlo gracias.
También estoy de acuerdo en que en unas zonas se han medido muchas horas y en otras 5 minutos y se simula con softwares cuando los que habréis utilizado softwares sabréis que no valen para mucho, eso sí en colores queda muy bonito.
Salud.
Estimado ppk
Llevas toda la razón, el link es http://www.elruido.com/ cuando estés en la izquierda pinchas en contenido y te saldrán 9 ayuntamientos, que según el grado de desarrollo de su planificación medioambiental en materia de ruido, les podrás solicitar automáticamente parte de los datos. No todos, pero es mucho mas de los que los grandes municipios hacen.
Este es uno de los objetivo de la Directiva, colocar como pilar del sistema la información al publico, en el que él sin tutela de nadie pueda elegir el lugar mas conveniente para su vivienda.
Tarde mas o menos, el sistema se impondrá a base de gorrazos judiciales, en los aproximadamente 8000 municipios españoles, pero esto es otra historia.
Con la tecnología de vBulletin® versión 4.1.12. Copyright © 2012 vBulletin Solutions, Inc. Todos los derechos reservados.