Ver versión completa : Escaleras en piscinas
A ver que opinais sobre el tema.....
Escrito por DB SU 6
1.4 Escaleras
2 Las escaleras se colocarán en la proximidad de los ángulos del vaso y en los cambios de pendiente,de forma que no disten más de 15 m entre ellas.Tendrán peldaños antideslizantes, carecerán de aristas vivas y no deben sobresalir del plano de la pared del vaso.
Entonces... ¿deben ser empotradas en el vaso? ¿es el fin de las escaleras metalicas usuales? :eek:
"carecerán de aristas vivas y no deben sobresalir del plano de la pared del vaso"
...Hecha la ley hecha la trampa...no debo, pero lo hago...:D :D :D
Por experiencia y charla de este tema con gente de visado en Gerencia de Urbanismo de Madrid este apartado no está claro, así que lo están obviando.
Entregué hace un par de meses el proyecto de las piscinas comunitarias de 3 bloques con las escaleras de toda la vida y no han tenido ningún problema...:rolleyes: :rolleyes: ...lo cual no quiere decir que otro técnico lo interprete de forma diferente.
Desde luego si tenemos que empezar a hacer "hornacinas" par aubicar las escaleras en piscinas lo tenemos claro...:eek: :eek:
berobreo
04/04/2007, 16:26
Pues si tenemos que llamar a la RAE para buscar la trampa a la ley lo tenemos clarísimo.
Entonces... ¿deben ser empotradas en el vaso? ¿es el fin de las escaleras metalicas usuales? :eek:
yo las he visto metidas en un nicho realizado ex-profeso para albergar las escaleras
yo las he visto metidas en un nicho realizado ex-profeso para albergar las escaleras
También yo. No es tan problemático hacerlo así.
También yo. No es tan problemático hacerlo así.
En piscinas prefabricadas vale, pero...gunitando la pared?...depende de lo habil que sea el de la excavadora. Desde luego se puede ejecutar, pero en principio no me parece tan "sencillo"
Tambien hay piezas de peldaños de gres.
Luego se pone un par de barras verticales sobre el borde del vaso, y asunto solucionado.
http://www.balnul.com/piscina_especiales.htm
Hola,
Esta sección SU6 es de aplicación sólo a piscinas colectivas:
"Esta Sección es aplicable a las piscinas de uso colectivo, salvo a las destinadas exclusivamente a
competición o a enseñanza, las cuales tendrán las características propias de la actividad que se desarrolle.
Quedan excluidas las piscinas de viviendas unifamiliares, así como los baños termales, los centros
de tratamiento de hidroterapia y otros dedicados a usos exclusivamente médicos, los cuales cumplirán
lo dispuesto en su reglamentación específica."
Un saludo.
Nosotros ya las hacemos así, hace tiempo, tanto con cuba de acero inoxidable como de fábrica.
Reconozco que excavando es más difícil, pero no tanto.
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