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Ver versión completa : Cerrar las incidencias



Vazkez_84
16/04/2007, 17:41
Hola soy Coordinador de Seguridad y Salud en varias obras de Cádiz.El otro dia me vi obligado a escribir en el libro de incidencias, paralizando un tajo hasta que no se tomasen las medidas oportunas.
Ahora me dicen que tengo que volver a escribir cerrando dicha incidencias, con el fin de que se puedan reanudar los trabajos, pero yo le he contestado que todos tenemos derecho a escribir en este libro de incidencias y que los propios contratistas pueden hacerlo bajo mi consentimiento.
Que os parece???

Fran_AT
18/04/2007, 13:30
Yo cuando paralizo algún tajo en el libro de incidencias, dejo bien claro que la paralización es temporal, hasta que se adopten las medidas oportunas. Así, por ejemplo, si escribo: "Se prohíben los trabajos de encofrado, hasta que se coloquen redes horizontales bajo forjado que protejan del riesgo de caída de altura", estoy paralizando un tajo hasta que se coloque la protección adecuada.

Por lo tanto, cuando las redes horizontales estén colocadas, pueden seguir trabajando tranquilamente, sin volver a escribir en el libro de incidencias, ya que la paralización ha sido temporal.

Cuando son paralizaciones muy importantes, en las que se paralice, por ejemplo, la obra entera, si que veo conveniente no condicionar el fin de la paralización explícitamente en el libro de incidencias. Mejor paralizar la obra explicando los motivos, luego revisar la obra y tomar unas fotografías cuando estén las deficiencias corregidas, y volver a escribir en el libro indicando la reanudación de los trabajos debido a la subsanación de dichas deficiencias. Se pueden incluso adjuntar las fotografías de la obra corregida a la hoja del libro de incidencias y llevarlas o enviarlas junto con dicha hoja a la inspección.

Espero haberte servido de ayuda

Un saludo

CEMARIN
27/04/2007, 09:35
Hola, cuando paralizas un tajo mediante escrito en el libro de incidencias, éste se envía a la Inspección de Trabajo. Debes levantar la paralización del mismo modo (escrito en el libro), ya que sino, en la inspección consta que la obra o tajo sigue paralizado. Por este asunto puede sancionarse también al promotor por falta de diligencias del Coordinador (de hecho se está haciendo en Cádiz).
Un saludo.

EL_INUTIL_©
27/04/2007, 11:44
No soy coordinador de obras, pero el coordinador hace tal y como dice CEMARIN, ya que, segun dice el coordinador, tu has paralizado por falta de una o varias medidas o por su incorrecta ejecucion, para continuar la obra debes dar el visto bueno a las medidas y eso se hace en el libro de incidencias y volviendo a abrir el tajo. Tambien estamos en la provincia de Cádiz.


pero yo le he contestado que todos tenemos derecho a escribir en este libro de incidencias y que los propios contratistas pueden hacerlo bajo mi consentimiento.


Esto no lo tengo yo nada, pero nada claro.

srt_iceman
27/04/2007, 12:23
Esto no lo tengo yo nada, pero nada claro.

REAL DECRETO 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. BOE núm. 256 de 25 de octubre

Artículo 13. Libro de incidencias

El libro de incidencias, que deberá mantenerse siempre en la obra, estará en poder del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra o, cuando no fuera necesaria la designación de coordinador, en poder de la dirección facultativa. A dicho libro tendrán acceso la dirección facultativa de la obra, los contratistas y subcontratistas y los trabajadores autónomos, así como las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención en las empresas intervinientes en la obra, los representantes de los trabajadores y los técnicos de los órganos especializados en materia de seguridad y salud en el trabajo de las Administraciones públicas competentes, quienes podrán hacer anotaciones en el mismo, relacionadas con los fines que al libro se le reconocen en el apartado 1.


Por otra parte, en el caso de que sea el inspector de trabajo el que paralice el tajo:

LEY 31/1995, de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales. BOE nº 269, de 10 de noviembre.

Artículo 44: Paralización de trabajos
Cuando el Inspector de Trabajo y Seguridad Social compruebe que la inobservancia de la normativa sobre prevención de riesgos laborales implica, a su juicio, un riesgo grave e inminente para la seguridad y la salud de los trabajadores podrá ordenar la paralización inmediata de tales trabajos o tareas. Dicha medida será comunicada a la empresa responsable, que la pondrá en conocimiento inmediato de los trabajadores afectados, del Comité de Seguridad y Salud, del Delegado de Prevención o, en su ausencia, de los representantes del personal. La empresa responsable dará cuenta al Inspector de Trabajo y Seguridad Social del cumplimiento de esta notificación.
El Inspector de Trabajo y Seguridad Social dará traslado de su decisión de forma inmediata a la autoridad laboral. La empresa, sin perjuicio del cumplimiento inmediato de tal decisión, podrá impugnarla ante la autoridad laboral en el plazo de tres días hábiles, debiendo resolverse tal impugnación en el plazo máximo de veinticuatro horas. Tal resolución será ejecutiva, sin perjuicio de los recursos que procedan.
La paralización de los trabajos se levantará por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que la hubiera decretado, o por el empresario tan pronto como se subsanen las causas que la motivaron, debiendo, en este último caso, comunicarlo inmediatamente a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Yo entiendo que vazkez_84 tiene razón.

CEMARIN
27/04/2007, 17:03
Ahora me dicen que tengo que volver a escribir cerrando dicha incidencias, con el fin de que se puedan reanudar los trabajos, pero yo le he contestado que todos tenemos derecho a escribir en este libro de incidencias y que los propios contratistas pueden hacerlo bajo mi consentimiento.
Que os parece???

Por supuesto que el contratista puede escribir en el libro de incidencias (incluso sin el consentimiento del coordinador ;)), pero no es lo común. Puedes, como tu comentas, que el contratista narre las razones por las que el tajo debe quedar abierto y que tu le des el visto bueno. No creo que la inspeccion pase por alto un levantamiento de una paralizacion por el mismo contratista :eek: .
Te recuerdo que cualquier escrito en el libro hay que comunicarlo a la Inspección en un plazo máximo de 24 horas, y lo debe realizar el coordinador.

Un saludo

srt_iceman
27/04/2007, 17:24
Te recuerdo que cualquier escrito en el libro hay que comunicarlo a la Inspección en un plazo máximo de 24 horas, y lo debe realizar el coordinador.

Un saludo

Totalmente cierto.

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