Ver versión completa : Escaleras de uso general
Una escalera colectiva de un edificio de viviendas con dos tramos a 180º (ida y vuelta) ¿se le puede dividir la meseta en dos con un peldaño central?
Es decir, pasaría de una meseta rectangular a dos mesetas cuadradas. ¿Cumple?
berobreo
03/05/2007, 08:49
Yo entiendo que sí cumple el CTE, porque en viviendas no existe la prohibición de peldaños sueltos.
Sin embargo, hay que mirar la norma de habitabilidad; traduzco un párrafo de la de Galicia:
5.5 En las escaleras interiores de las viviendas (...). Salvo esta excepción (las escaleras interiores de viviendas) se prohíben expresamente las mesetas en ángulo, las mesetas partidas y las escaleras compensadas.
La cuestión es si lo que define pao es un tramo de un peldaño o una meseta partida. Escuché opiniones en los dos sentidos.
overhaus
03/05/2007, 09:07
yo creo que no porque no se permite un tramo de escaleras con menos de tres escalones, pero es una duda que nunca tube clara
Entonces el CTE nos vuelve a remitir a habitabilidad :( , por cierto Bero el nuevo decreto de habitabilidad de Galicia está al caer como sabrás.
Yo no lo consideraría meseta partida, ya que cada una de las partes cumple con las dimensiones mínimas para ser meseta "per se", luego nos queda entenderlo como un tramo de un peldaño, o dicho con más propiedad como un peldaño suelto...
...¿tiene esto gran incidencia sobre la seguridad? si entendemos que el CTE lo admite.
¿Qué dice la habitabilidad (o accesibilidad si es el caso) en otras comunidades respecto de este tema?
¿Por qué nunca quedan las cosas suficientemente claras? No es un caso excepcional... :confused:
Edito: ovehaus, en el caso de edificio de viviendas sí admite peldaños sueltos como dijo Berobreo SU 1-2.3, luego por ahí no hay duda.
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