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Ver versión completa : RF en separación de oficinas



pemi
25/10/2005, 18:35
¿Sabria alguien decirme cuanto es la RF necesaria en una particion interior de separacion entre oficinas de distinto propietario (en un edificio de oficinas) segun la NBE_cPI96?

vorpal
25/10/2005, 19:15
¿tienen que constituir sector de incendio independiente una de otra?
¿hay algun LRE?

pienso que esos son los condicionantes fundamentales que te obligarían a disponer de compartimentaciones RF exigentes.

Si tengo algo de tiempo te lo miro cuando pueda.

Saludos.

pemi
25/10/2005, 22:39
no. no son sectores independientes, son el mismo sector.
y yo ya lo he mirado en la norma, pero no lo encuentro, no dice nada en uso administrativo de RF en oficinas distintas. Gracias Vorpal.

scaner
26/10/2005, 01:14
pemi, hola

Mira esto,

http://img.photobucket.com/albums/v65/scaner/SoloArquitectura/CrystalReports1.gif

Para una altura de evacuación de edificio <15m, la separación entre oficinas con titular diferente, sería RF60/120 (sobre rasante/ bajo rasante).
Según la ficha, aunque no sean sectores de incendio distintos, las RF de los elementos separadores se equiparan a esa situación.

Yo también lo he buscado en la norma y tampoco lo he encontrado.

Un saludo
Scaner

pemi
26/10/2005, 08:23
muchisimas gracias scaner.

carsanor
26/10/2005, 09:24
no te olvides de la NBE CA88, que puede ser mas restrictiva al obligarte a un aislamiento acustico entre distintos propietarios mayor de 45 db.

EL_INUTIL_©
26/10/2005, 09:53
Nunca me han gustado las fichas que circulan de la NBE-CPI-96 es mas hace poco me las "exigieron" en cierta administración, cosa a la que me he negado, puesto que nada dice que tenga que aportar esas fichas y prefiero mi memoria y planos para especificar la norma que esas fichas y a veces incluso con la ficha delante se pueden cometer errores.


no. no son sectores independientes, son el mismo sector.


Como todo es una cuestion de interpretación de norma, ahora bien si consideras establecimientos distintos (la pregunta ahora seria qu ese consideran establecimientos) deben ser sectores de incendios (articulo 4.3) con lo que si son sectores de incendios.

Es mas si miras detenidamente la ficha y no solo el apartado que estabas buscando..... mira donde pone

Compartimentación ...... Cada oficina con titular diferente

Que conste que a mi que lo ponga la ficha me da lo mismo, puesto que esas fichas son como un pequeño resumen de la norma con interpretaciones, para interpretaciones siempre digo lo mismo consultar las interpretaciones de Jose Luis Posada.

Luego con perdon la primera en la frente puede interpretarse según el articulo 4.3 que deben ser sectores a partir de ese punto que cambia totalmente tu vision de la sectorizacion.

Joder que mensaje mas malo me ha salido, je je

scaner
26/10/2005, 17:02
EL_INUTIL_©, hola

No son unas fichas que circulen como que se encontraran en el top-manta.

Son unas fichas que aparecen en la edición comentada, que de la NBE-CPI-96 publicó el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid, edición que recomiendo a todo el que tenga que aplicar está normativa.
También muy recomendables los Criterios para la interpretación y aplicación de la norma básica de la edificación "NBECPI/96 Condiciones de protección contra incendios en los edificios"
http://www.mviv.es/es/pdf/otros/Consultas_NBE-CPI_julio_2005.pdf

Si te parecen buenas las interpretaciones de José Luis Posada te gustará saber que esas fichas las hizo él.

Como él mismo dice en el último párrafo del prólogo,

En cualquier caso, la correcta utilización de las fichas requiere un razonable conocimiento previo de la norma, a cuyo texto obviamente, ni pueden, ni pretenden reeplazar.
Pero creo que eso no deslegitima su uso. Son como cualquier ficha un complemento de la memoria y los planos de un proyecto. El mejor o peor uso que cada uno haga de ellas es su responsabilidad.

Yo las uso. Me son de gran utilidad, sobre todo los comentarios que en la edición impresa acompañan a muchas de las casillas, indicando alguna aclaración o incluso el artículo de la norma.

Respecto al árticulo 4.3, totalmente de acuerdo. Estaba más claro de lo que parecía, pero tampoco se puede pedir mucho de una busqueda de 2 minutos en el sitio equivocado ;)

Un saludo
Scaner

EL_INUTIL_©
27/10/2005, 11:05
scaner parece que me has malinterpretado por tu respuesta y no quiero que interpretes lo que no he dicho.


Pero creo que eso no deslegitima su uso

Yo no he dicho lo contrario, quien le resulte comodo, como tu mismo dices, es un complemento, lo unico que dije que no relleno esas fichas por imposicion, porque la NBE-CPI-96 no exige que se rellene.

Las interpretaciones de José Luis Posada no solo es que puedan ser buenas, sino que, SIN SER VINCULANTES sin embargo pueden llegar a tener caracter legal como las mismas consultas reconoce en su primera cuestion.


Respecto al árticulo 4.3, totalmente de acuerdo. Estaba más claro de lo que parecía, pero tampoco se puede pedir mucho de una busqueda de 2 minutos en el sitio equivocado

Por supuesto hacemos lo que podemos, pero seguro que en todo caso a pemi le encanto tu respuesta, porque en la misma (en la ficha) ya se podia interpretar correctamente y era una buena respuesta a su duda, lo mio solo fue un comentario extra en cuanto a mi praxis en cuanto a la NBE-CPI-96 ya que entiendo que un buen conocimiento de la misma evita problemas posteriores.

scaner
27/10/2005, 11:53
Reconozco que me molesto un poco el comentario de "fichas que circulan", como que no tuvieran autor o procedencia, pero por lo demás totalmente de acuerdo contigo ;)

En cuanto a la imposición del funcionario de turno... tenemos que tragar con tantas cosas... y normalmente llevamos las de perder, porque lo que quiere nuestro cliente es que resolvamos y cuanto antes mejor.
Yo cuando trato con la administración ya voy con el casco puesto.

Un saludo
Scaner

PD: ¿En donde puedo encontrar las interpretaciones de Posadas?

EL_INUTIL_©
27/10/2005, 18:31
scaner son las que pusiste del ministerio de la vivienda compañero, llevan ya mucho tiempo haciendose y creciendo, antes las sacaba de www.cepreven.com pero parece que ya no se pueden conseguir por dicho sitio, asi que tu enlace me vino perfecto.

Lo de circular, es expresion textual del autor de las fichas que tu usas, porque nos enseño (obvio de quien eran dichas fichas) una ficha que "circulaba" por internet con errores, sobre todo uno de bulto, tal vez por eso sea yo tan reacio a las fichas.

Durante años usamos una ficha no recuerdo si era del KG o del CA con un error porque dicha ficha se publico en cierto libro de aislamiento por todos conocidos con un error, era cuando se hacian fotocopias y no existia aun ni el tipex (je je), maquinas mecánicas y la ultima supernovedad la maquina electrica con margarita.... curiosa la documentacino con que se hacia entonces una casa y sobre todo SIN MOVIL, jeje me estoy poniendo nostalgico?

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