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Ver versión completa : Coordinador de seguridad



principiante_72
13/10/2007, 13:26
Hola, estoy haciendome una vivienda sobre la de mis suegros.
La vivienda ya tenia planos, pero no se habia ejecutado la obra.
Cuando se realizo el proyecto no era obligatorio el plan basico de seguridad. Quien debe redactarlo ahora?.
Tengo obligatoriedad de nombrar a un coordinador de seguridad, poque he estado leyendo la normativa de cuando hay que nombrarlo y me parece que no.
En caso de que no sea necesario el coordinador, eso lo llevaria el arquitecto o el aparejador de la obra, dentro de sus funciones normales.
Mi arquitecto dice que lo tengo que pagar aparte de la direccion tecnica, es asi?.
Gracias, por poner un poco de luz.

mgn
14/10/2007, 22:47
Creo que el arquitecto y el arquitecto técnico y el constructor de su obra deberían informarle adecuadamente.
Si no es necesaria la designación de un coordinador de seguridad entonces va a ser la dirección facultativa de la obra la que va tener responsabilidades en este tema.
El promotor debe comunicar a la autoridad laboral la apertura del puesto de trabajo.
El promotor deberá hacer que se confeccione un Estudio Básico o un Estudio de Seguridad y Salud, normalmente a través del coordinador o la dirección facultativa.
El constructor deberá realizar un Plan de Seguridad en base al Estudio Básico o Estudio de Seguridad.
El coordinador o la dir. fac. deberán aprobar dicho Plan, visarlo y conseguir el Libro de Incidencias de su colegio.
Los honorarios son independientes de los de dirección de obra.

Bloomsbury
15/10/2007, 16:18
El promotor debe comunicar a la autoridad laboral la apertura del puesto de trabajo.

En este punto no estoy de acuerdo: el promotor debe realizar el aviso previo, mientras que la apertura del centro de trabajo es tarea de la empresa contratista. Un saludo

juanc
16/10/2007, 09:19
En este punto no estoy de acuerdo: el promotor debe realizar el aviso previo, mientras que la apertura del centro de trabajo es tarea de la empresa contratista. Un saludo

Correcto, el promotor no debe realizar la apertura del centro de trabajo.
También correcto que esa labor la deba hacer la empresa contratista, pero también todas las demás empresas que trabajen en esa obra, sean contratistas o subcontratistas

Bloomsbury
16/10/2007, 22:07
Cierto, tienes razón juanc. Gracias por la corrección.

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