silvamas
07/04/2006, 19:46
una pregunta sobre recorridos de evacuacion para una residencia de estudiantes situada toda en planta 1 con plazas para 33 alumnos: Tengo una escalera de acceso principal con salida directa a vestibulo de acceso en planta baja, y otra escalera exterior totalmente, que da otro acceso a esta planta. Segun el articulo 7.2.3 y especificando para uso residencial, en zonas de alojamiento, cuando hay más de una salida, la longitud del recorrido de evacuación desde todo origen de evacuacion (tomando puertas de las habitaciones) será menor que 35 metros. Posteriormente en el apartado b) indica que en zonas de alojamiento la longitud del recorrido de evacuación hasta algún punto desde el que partan al menos dos recorridos alternativos hacia sendas salidas no será mayor de 15 metros.
¿Se toma la salida de emergencia como recorrido alternativo? Si es tan solo un pasillo longitudinal el que da acceso a todas las habitaciones y en el que se encuentran también ambas salidas, ¿debo tener en cuenta el apartado b)? Llevo toda la tarde intentando sacar una conclusion sobre este artículo, pero cada vez lo interpreto de una forma diferente. Mis recorridos si que cumplen el primer apartado, son menores de 35 metros, pero en las habitaciones más extremas superan los 15 metros. ¿Qué pensais? Aggggggg..... ¡Gracias!
¿Se toma la salida de emergencia como recorrido alternativo? Si es tan solo un pasillo longitudinal el que da acceso a todas las habitaciones y en el que se encuentran también ambas salidas, ¿debo tener en cuenta el apartado b)? Llevo toda la tarde intentando sacar una conclusion sobre este artículo, pero cada vez lo interpreto de una forma diferente. Mis recorridos si que cumplen el primer apartado, son menores de 35 metros, pero en las habitaciones más extremas superan los 15 metros. ¿Qué pensais? Aggggggg..... ¡Gracias!