Ver versión completa : Depreciación en valoración
alguien sabe en base a que norma, reglamento, o ley se basan los factores de depreciación en una valoración?.
En la ECO dice únicamente: ''Se realizará la homogeneización de comparables con los criterios, coeficientes y/o ponderaciones que resulten adecuados para el inmueble de que se trate" (Art. 22 apartado d) , algo muy vago e impropio de una ley que pretende ser la base para una labor objetiva, pero es la que tenemos.
Particularmente aplico +-10 para cada comparable y +-20 para el total.
La depreciación puede ser por antigüedad, técnica o funcional. Es labor del profesional decidir qué método emplea, ya que es muy difícil para el legislador abarcar todo tipo de depreciaciones y coeficientes que afectan a un inmueble, ya sea vivienda o de otro tipo.
En el RD 1020/93 (valoraciones catastrales) tienes una manera de hacerlo.
La depreciación física se establece en función de la antiguedad del inmueble y la vida útil de forma que su valor es como máximo (se puede disminuir en el caso de que existan reformas):
Depreciación física= (Coste construcción + Gastos)* (Antigedad/vida útil)
La depreciación funcional es lo que te haría falta invertir en el imueble para que sea apto para el uso al que este dedicado. se establece en cantidad de Euros sobre el coste.
Con la tecnología de vBulletin® versión 4.1.12. Copyright © 2012 vBulletin Solutions, Inc. Todos los derechos reservados.