PDA

Ver versión completa : Proyecto para la Administración



Bloomsbury
17/04/2008, 19:26
Buenas tardes. Me han encargado un pequeño proyecto para un ayuntamiento. Es el primero que hago para la administración y al ser novata, no me gustaría meter la pata o hacerlo incorrecto. Mis dudas son en qué se diferencia un proyecto para un particular de otro para la administración a nivel de los documentos que lo componen. Por ejemplo, hace poco en otro hilo se hablaba que en el presupuesto no se pueden indicar marcas comerciales concretas, a menos que se añada "o similar". Por otro lado, ¿el pliego de condiciones se redacta igual? Os agradecería cualquier indicación que pueda servirme de ayuda.
Un saludo

vile
17/04/2008, 19:33
creo que ya se ha hablado de ésto por algún lado ... de todos modos:

- Cuadros de precios y descompuestos , además de mediciones y presupuesto.
- Pliego particular, si es que lo tienen??

y si es para un ayuntamiento pequeño poco más ... bueno lo más importante ... que la gestión de cobro la haga el colegio, que no puedan retirar el proyecto hasta que lo paguen. Porque en ayuntamientos pequeños suelen depender de una subvención que cuando llega ya se la han fundido y tendrás que esperar años ...

Un saludo.

EL_INUTIL_©
17/04/2008, 20:14
Aparte por ejemplo suelen exigir

Plannig de obra
Resumen economico completo
Declaración de obra completa (*)
Pliego solo de condiciones técnicas NO ADMINISTRATIVAS (pero mejor consultar)

(*) El otro día pusimos ejemplos.

pao
17/04/2008, 20:22
... que la gestión de cobro la haga el colegio, que no puedan retirar el proyecto hasta que lo paguen. Porque en ayuntamientos pequeños suelen depender de una subvención que cuando llega ya se la han fundido y tendrás que esperar años ...
Por mi poca experiencia ésto va a ser difícil, ya que generalmente te lo pagan meses después (por lo de la subvención) pero el proyecto tiene que estar antes :(.

Muchas veces la factura es de un año y te lo pagan al siguiente, con lo que lo tienes que declarar y además estás adelantando el IVA a Hacienda. (El lado bueno es que al final... pagan) Ah, también y según quien, como el pago suele ser por transferencia te piden una certificación bancaria de la cuenta.

De documentación creo que con lo que te ha dicho El Inutil llega. No olvides que el presupuesto tiene que ir con descompuestos y unitarios.

PachiB
17/04/2008, 20:51
De documentación creo que con lo que te ha dicho El Inutil llega. No olvides que el presupuesto tiene que ir con descompuestos y unitarios.
Y en alguna ocasión te pueden exigir usar una base de precios concreta (de la comunidad, por ejemplo, o al menos usar el precio de la mano de obra "oficial"), aunque lo fundamental es lo de los precios descompuestos y unitarios.

arckko7
17/04/2008, 23:47
y ojo que el día 23 de este mes entra en vigor la nueva ley de contratos, aunque el reglamento anterior supongo que seguira vigente en lo que no contradiga a la nueva...??? :)

Bloomsbury
18/04/2008, 00:19
bueno lo más importante ... que la gestión de cobro la haga el colegio, que no puedan retirar el proyecto hasta que lo paguen.


Esto me parece que no va a poder ser.:( De hecho ya me han advertido que lo de los honorarios por el colegio nasti de plasti y que yo me tengo que encargar de recoger el proyecto visado y llevarlo en mano al ayuntamiento. Vamos, que cobraré algún día pero no se sabe cuando. :(


Aparte por ejemplo suelen exigir
Plannig de obra
Resumen economico completo
Declaración de obra completa (*)
Pliego solo de condiciones técnicas NO ADMINISTRATIVAS (pero mejor consultar)
(*) El otro día pusimos ejemplos.

Me lo apunto todo Inu. Lo del pliego de condiciones administrativas me suena que se ha comentado anteriormente en el foro, pero lo preguntaré directamente en el ayuntamiento para estar segura. Y la declaración de obra completa no sé lo que es, así que me pongo a buscarlo por el foro ahora mismo.


Muchas veces la factura es de un año y te lo pagan al siguiente, con lo que lo tienes que declarar y además estás adelantando el IVA a Hacienda. (El lado bueno es que al final... pagan) Ah, también y según quien, como el pago suele ser por transferencia te piden una certificación bancaria de la cuenta.


Me da la sensación que este va a ser mi caso, Pao. Creo que tenía que haber hecho una propuesta de honorarios mas elevada, en compensación por el cobro tardío. :cool:


Y en alguna ocasión te pueden exigir usar una base de precios concreta (de la comunidad, por ejemplo, o al menos usar el precio de la mano de obra "oficial"), aunque lo fundamental es lo de los precios descompuestos y unitarios.

No me lo exigen, pero creo que les encanta la de Guadalajara, así que utilizaré esta. Por lo que veo, todos me haceis recomendaciones en cuanto al presupuesto, así que tendré que tener mucho cuidado en este punto y prestarle una atención especial.


y ojo que el día 23 de este mes entra en vigor la nueva ley de contratos, aunque el reglamento anterior supongo que seguira vigente en lo que no contradiga a la nueva...??? :)

Me lo apunto también como deberes para mañana.

Muchísimas gracias a todos por vuestros consejos. Me ha servido de gran ayuda. :)
Un saludo

mortero
18/04/2008, 01:23
Si es la primera vez que trabajas para ellos tendrás que hacer la "ficha de datos a terceros" donde especificas tus datos y número de cuenta bancaria para que efectuen los abonos, se suele poder descargar de internet.:) Mira a ver en la página del ayuntamiento

EL_INUTIL_©
18/04/2008, 08:20
En todo caso existe otro procedimiento que es mucho mejor que todos los que te hemos dicho, je je ....

Te vas al ayuntamiento y si es un tema de subvenciones, pues pides que te dejen un expediente para la misma administración que subvencion, diputación, comunidad, etc ... y así te enteras si exactamente te piden todo esto, porque a mi a veces no me piden descompuestos para pequeñas obras, en otras no piden planning, etc ...

Bloomsbury
18/04/2008, 14:57
El lunes tengo que pasarme por este Ayuntamiento a tomar datos, así que pediré todo lo que me estais comentando. La verdad es que el arquitecto municipal es encantador y le preguntaré alguna duda, pero tampoco quiero ir de muy pardilla (que lo soy). Ya he encontrado lo de la declaración de obra nueva por el foro, muchas gracias!! :)

Thales
08/05/2008, 17:59
En nuestro caso, cuando el proyecto es para la administración, el estudio básico de seguridad lo hacemos algo más "gordo".

lisi
15/05/2008, 19:58
No se cómo llevarás el tema y si ya te habrán aclarado todo, pero normalmente además tienes que presentar varios modelos oficiales...

- una declaración de no incompatibilidad para trabajar con ellos
- acta de replanteo previo del proyecto

Una recomendación, en el presupuesto, puesto que vas a usar una base de datos "oficial", cuando algún precio por experiencia no te cuadre, aumenta la mano de obra necesaria para ejecutarlo para que te cuadre, simple más horas de mano de obra y recuerda no olvidarte de nada o luego te acordarás de ello cuando tengas que rellenar toda la burocracia para realizar un contradictorio

Por ahí he visto el tema del Pliego... en realidad es totalmente diferente al que solemos usar, ya que de hecho se llama PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS, no de condiciones, y realmente se ajusta mucho más a la realidad de la obra, por lo que no te servirá uno genérico, tendrá que particularizarlo a la obra en concreto.

Y dentro de la memoria y pliego hay varios apartados obligatorios de clasificacion del contratista, de la obra.... de cumplimiento de la ley de trabajos para la administración.... uffff, dificil contarlo todo...

Y tranquil@, algunos pagan bien. A mi uno me pagó enseguida, a los 15 dias de presentarlo ya tenía la transferencia en el banco... una gozada... pero creo que así hay pocos...otros te dán un pagaré...con vencimiento VSC (vete a saber cuando...).

así que suerte!!!

Bloomsbury
15/05/2008, 20:12
Gracias a ti también, Lisi, por todas las recomendaciones! Estoy en fase de redacción del proyecto, así que todavía estoy a tiempo de hacer modificaciones o corregirlo.


Una recomendación, en el presupuesto, puesto que vas a usar una base de datos "oficial", cuando algún precio por experiencia no te cuadre, aumenta la mano de obra necesaria para ejecutarlo para que te cuadre, simple más horas de mano de obra y recuerda no olvidarte de nada o luego te acordarás de ello cuando tengas que rellenar toda la burocracia para realizar un contradictorio

Esto ya me lo han advertido desde el ayuntamiento, varias veces, así que ya tengo asimilado que tendré que repasarme el presupuesto 500 veces para no meter la pata.

Por ahí he visto el tema del Pliego... en realidad es totalmente diferente al que solemos usar, ya que de hecho se llama PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS, no de condiciones, y realmente se ajusta mucho más a la realidad de la obra, por lo que no te servirá uno genérico, tendrá que particularizarlo a la obra en concreto.

De esto me libro, no suelo utilizar un pliego genérico para ningún tipo de proyecto, siempre hago uno adaptado a la obra en concreto.

Y dentro de la memoria y pliego hay varios apartados obligatorios de clasificacion del contratista, de la obra.... de cumplimiento de la ley de trabajos para la administración.... uffff, dificil contarlo todo...

Pues esto si que me resulta nuevo! Aunque pregunté mis dudas, no me comentaron nada de esto. Volveré a llamar, a ver qué me dicen.

Y tranquil@, algunos pagan bien. Eso espero!! :D:D
así que suerte!!!

Muchas gracias! :)

tottoro
26/05/2008, 18:59
Joer hace cuanto que no escribía yo por aquí.Saludos a todos.

A saber cómo vas con el tema pero recordarte que la LCAP (ley contrat admin públicas) ha quedado derogado por la nueva LCSP (Ley contrat sector público) y el RGLC (Reglam. gral ley de contratos) se mantiene siempre que no se contradiga con la nueva LCSP, ya que esta tiene prioridad.

Ejemplo: La clasificación del contratista se sigue haciendo según el RGLC ya que en la LCSP no se cita.

Trabajo para la administración así que si tienes alguna duda sólo tienes que mandarme un "private" OK?

Salu2

Bloomsbury
27/05/2008, 10:16
Muchas gracias por la ayuda y tu ofrecimiento Tottoro. :)

Bloomsbury
24/06/2008, 12:42
Buenos días!
Recupero este hilo porque me ha surgido una última duda. El proyecto está terminado y esta misma semana lo entregaré al Ayuntamiento, pero, a la hora de hacer la factura, al tratarse de una administración pública ¿llevaría una retención del 15%, como una factura normal? Me he pasado por la oficina de hacienda para hacer la consulta, pero resulta que hoy está cerrada.
Muchas gracias

Van Halen
24/06/2008, 13:13
Ya está? :eek: ;)

Para el tema del IVA.


http://www.youtube.com/watch?v=7hz3t_ZcM0Y

Bloomsbury
24/06/2008, 13:36
Ya está? :eek: ;)
Para el tema del IVA.


El primero sí. El segundo de momento sólo he hecho un informe para que se lo piensen mejor, que el tema es muy peligroso. ;)
Gracias por lo del IVA,:) la verdad es que es un peñazo tener que adelantar ese dinero y entregarlo a hacienda cuando todavía no has cobrado (y vete tu a saber cuando cobraré).

Si necesitas una si quieres te la paso.
Gracias Noock! Pregunté sobre este tema en el ayuntamiento en cuestión y me dijeron que no hacía falta.:confused: No sé si es muy correcto el no incluirlo, pero donde hay capitán, no manda marinero. Gracias de todas maneras. Si necesito mas adelante te lo pido. :)

EL_INUTIL_©
24/06/2008, 19:10
Ese tema que trata ese señor del video se ha hablado y comentado muchas veces como el sistema idóneo para la recaudación de IVA de la administración. También se ha comentado que otro posible sistema es como la devolución de hacienda, caso de que no te paguen en el plazo legal de la administración (3 meses) INMEDIATAMENTE devengue intereses en concepto de demora.

Condiciones de uso | Publicidad | Acerca de | FacebookUnirse a Sólo Arquitectura en Facebook | TwitterSeguir a @SArquitectura en Twitter

Prohibida la reproducción total o parcial sin la autorización previa y por escrito del editor.