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Ver versión completa : ¿Es válida la norma UNE-ENV 12633:2003?



unomas
29/04/2008, 14:10
Hola a todos.

Revisando el CTE DB SU, me encuentro en el DB SU 1, punto 2, con lo siguiente:

http://img228.imageshack.us/img228/1245/12697434yr8.jpg


, es decir, se cita expresamente una norma, incluso con su fecha.

Si vamos a la citada norma, en concreto, a su página 3, nos encontramos con lo siguiente:

http://img177.imageshack.us/img177/2116/a1xo1.jpg


, y teniendo presente que su fecha de publicación, aparece en la primera página:

http://img234.imageshack.us/img234/6596/a2tf0.jpg


, ¿quiere decir esto que esta norma ya no sirve o no es de aplicación?

Yo diría, realizando una interpretación cicatera, que la citada norma no es de aplicación desde noviembre de 2006 (es decir, dos meses después de que fuese obligado el contemplar el DB SU en todos los proyectos a los que les debiera ser de aplicación), pues ha expirado su plazo de validez y, por tanto, podríamos decir que tampoco lo es la forma de determinar la resistencia al deslizamiento tal y como en ella se describe, ¿no?

Quizá se podría aplicar lo que dice la propia norma en su página 3:

http://img228.imageshack.us/img228/2713/a3uz7.jpg


, pero teniendo en cuenta que dice que “se permite”, o sea, se tolera, tengo mis dudas.

berobreo
29/04/2008, 14:19
En el SE -ya, ya sé que es otra historia- dice:

el procedimiento establecido en el artículo 5 de la parte I de este CTE y deberá documentarse en el proyecto el cumplimiento de las exigencias básicas.
Las citas a disposiciones reglamentarias contenidas en este DB se refieren a sus versiones vigentes en cada momento en que se aplique el Código y a los efectos que se indican en el artículo 3 de la Parte I.
Las citas a normas UNE, UNE EN o UNE EN ISO se deben relacionar con la versión que se indica en cada caso, aún cuando exista una versión posterior (no indica el caso de que alguna caduque, pero tampoco es necesario porque está implícito), excepto cuando se trate de normas equivalentes a normas EN cuya referencia haya sido publicada en el Diario Oficial de la Comunidad Europea, en el marco de aplicación de la Directiva 89/106/CEE sobre productos de construcción u otras directivas que les sean de aplicación, en cuyo caso la cita se deberá relacionar con la versión de dicha referencia.

unomas
30/04/2008, 08:37
En el SE -ya, ya sé que es otra historia- dice:

Ya, pero es que he leído normas UNE EN, en las que se viene a decir algo así como: "en el ámbito de esta norma, sólo son de aplicación aquellas otras normas citadas, con su año de publicación, no siendo válidas las de ediciones posteriores", y no estoy seguro de que no sea este el caso también :confused:

o3car
16/06/2008, 16:18
Por norma general el ensayo del péndulo que viene descrito en las normas en vigor de pavimentos es prácticamente el mismo que el de la norma UNE-ENV 12633:2003 cuya validez ha sido ampliada dos años.
Los valores de "resbaladicidad" por tanto se deben calcular con este procedimiento porque las normas de cada producto así lo exigen. En el CTE se hace uso de esta norma porque es la unica de carácter general.
La elaboración de una norma que incluya los ensayos de resbaladicidad es un proyecto que ya está en marcha, si bien las peculiaridades de este tipo de ensayos hace que el asunto no sea fácil.
Algunos pavimentos incluyen este índice entre sus características técnicas, en caso contrario debe ensayarse bien sobre las piezas o in situ si el acabado varía tras la colocación.

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