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Ver versión completa : ¿Meseta partida o escalera de 3 tramos?



tete55
09/06/2008, 17:09
Inu y yo mantenemos una bonita discusión en http://www.soloarquitectura.com/foros/showthread.php?t=37902 que he decido trasladar aquí para no desvituar el tema.

Discrepamos en la legalidad o no de colocar una escalera de uso público con la meseta partida por un único escalón.

Yo entiendo que si partimos esa meseta con un escalón, estás haciendo 3 tramos: subes-giras 90º-subes-giras 90º-subes, y por tanto tendrías que colocar un mínimo de 3 escalones según el CTE-DB-SU2.
De hecho ya me he autopu*eado en un proyecto por no poder poner esa meseta con uno o 2 escalones...:(

Inu entiente que es una escalera con meseta partida a 90º y por tanto válida. Incluso alega que así ha obtenido licencia en algún municipio (Amigo Inu, todos sabemos que muchos técnicos municipales no se conocen tan bien el CTE como los foreros de soloarquitectura...:p)

creo que sería pertinente una consulta al Ministerio...a ver quién se anima :p

Pasen y opinen, por favor

EL_INUTIL_©
09/06/2008, 17:12
Cuidado con lo que dices, no pongas en mi literatura cosa no escrita por mi.


Inu entiente que es una escalera con meseta partida a 90º y por tanto válida.

Lo que digo es que YO, no tengo el suficiente peso (intelectual, del otro me sobra) para defender que no lo sea ante un compañero.

Como soy un desastre no recuerdo ahora las tipologias de escaleras que vimos con el redactor y la validez o no de las propuestas (algunas eran raras de coj*****).

PD: Busco curro ;) ;) ;)

MARIANO
09/06/2008, 17:13
Bueno, desde el nulo razonamiento desde cualquier articulado tipo CTE .... en mi pueblo, si partes una meseta, te capan :D.

Estaré exxxxpectante sobre las opiniones mejor fundadas.

Saludos.

tete55
09/06/2008, 17:18
Cuidado con lo que dices, no pongas en mi literatura cosa no escrita por mi.

Cierto. Te había leido mal.:o
Acepte usted mis disculpas...:cool:


Aqui hay demasiada discrepancia con eso tete55, veamos debemos entender que no es de aplicación discontinuidades en el pavimento, creo que es otro concepto y sólo estaríamos hablando si es una meseta con un escalón a 90º o si se trata de una escalera de tres tramos, muchas discusiones hemos tenido (entre compañeros, o sea no concluyentes, ya sabes las típicas divagaciones) y no ha quedado claro.

Eso es una meseta partida a 90º

Eso es una escalera de tres tramos (yo opto por esto y me quito de problemas).

Desde luego de momento con la primera interpretación estan obteniendo licencia.

tete55
09/06/2008, 17:38
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Un poco cutre, pero creo que se entiende...:p

PD: los puntos sobran...

EL_INUTIL_©
09/06/2008, 17:39
Un poco cutre

Solo un poco?

berobreo
09/06/2008, 17:50
Suficiente, tete55.
No tengo la más mínima duda de que eso no cumple. Se puede entender, como dice tete55, como un tramo de un único peldaño, con lo que incumpliría el punto 4.2.2 del DB-SU 1, o bien como un escalón aislado, con lo que inclumpliría el punto 2.3 del DB-SU 1.
No hay nada que exima del cumplimiento de estos puntos a las mesetas partidas. Porque tengan un nombre para ellas no se libran de cumplir.

Ramón
09/06/2008, 18:25
Solo un poco?

:D:D:D Tirando con bala.

Ramón
09/06/2008, 18:28
Pues para mi que no cumple, por lo mismo, por el 4.2.2

Ramón
09/06/2008, 18:29
y por tanto tendrías que colocar un mínimo de 3 escalones según el CTE-DB-SU2.

Supongo que te refieres al SU1, no?

tete55
09/06/2008, 18:32
Supongo que te refieres al SU1, no?
si, me refiero al SU1...:o:o
Estoy liándome con el SU2 en el asunto de la apertura de la puerta...:o:o

El Tapao
09/06/2008, 23:26
creo que sería pertinente una consulta al Ministerio...a ver quién se anima :p
Pasen y opinen, por favor

http://img107.imageshack.us/img107/7167/dibujode2.jpg

tete55
10/06/2008, 03:38
Esa consulta no la tenía yo.
Muchas gracias, El_Tapao.;)

Ramón
10/06/2008, 07:01
Pues según eso, solo seria admisible en ese uso concreto, aunque yo tampoco lo hubiera dado por bueno en residencial, pero bueno, para eso están las consultas.

EL_INUTIL_©
10/06/2008, 07:44
Luego vemos que tenian razón las dos posturas en parte, es decir, claramente es viable en uso restringido (cosa que todos sabiamos y nadie duda), pero incluso en zonas comunes de viviendas, así que queda aceptada la solución para viviendas tanto unifamiliares como plurifamiliares.


Esa consulta no la tenía yo.
Muchas gracias, El_Tapao.;)

Es que el siempre esta "a la ultima".


aunque yo tampoco lo hubiera dado por bueno en residencial

Yo si lo entiendo en el momento en que el usuario de viviendas esta "habituado" a su escalera, la conoce, cosa que no pasa en otros usos. La verdad que es sorprendente que un documento tan nuevo como DB SU no haya generado mas consultas, para unos db´s que nos aclaran lo aprovechamos poco.

Ramón
10/06/2008, 07:52
Yo si lo entiendo en el momento en que el usuario de viviendas esta "habituado" a su escalera, la conoce, cosa que no pasa en otros usos.

Por mi parte no era tanto en si están habituados o no, sino a que la meseta estuviera libre de obstaculos. Pero como hay respuesta oficial, no hay duda.

berobreo
10/06/2008, 08:51
incluso en zonas comunes de viviendas
SU 1 2.3.b) en las zonas comunes de los edificios de uso Residencial Vivienda;

MARIANO
10/06/2008, 10:09
Como siempre sorprendente lo del CTE. Más que sorprendente, asombroso. Bueno, más que asombroso, tal vez pasmoso, fascinante, turbador ..... en fin, lo dejaré en poco corriente. Para unas cosas tanto y para otras cosas tan calvo. ¿De verdad se supone que en edificio residencial colectivo o multifamiliar el usuario es conocedor de la escalera y se deja partir la meseta con un peldaño? :cool:

Saludos.

Pd.: Que pregunta más absurda, cuando la respuesta ha sido que sí :cool:

berobreo
10/06/2008, 10:13
Como siempre sorprendente lo del CTE. Más que sorprendente, asombroso. Bueno, más que asombroso, tal vez pasmoso, fascinante, turbador ..... en fin, lo dejaré en poco corriente. Para unas cosas tanto y para otras cosas tan calvo. ¿De verdad se supone que en edificio residencial colectivo o multifamiliar el usuario es conocedor de la escalera y se deja partir la meseta con un peldaño? :cool:
Saludos.
Pd.: Que pregunta más absurda, cuando la respuesta ha sido que sí :cool:
El gran problema del CTE respecto a las normativas anteriores es que la gente se lo lee... o que lee a quien lo lee, aún más peligroso.
CPI A.9.a. En edificios cuyo uso predominante sea Vivienda no se exige un número mínimo de peldaños en cada tramo de escalera.
Vamos, que la cosa no cambió tanto.

MARIANO
10/06/2008, 10:23
El gran problema del CTE respecto a las normativas anteriores es que la gente se lo lee... o que lee a quien lo lee, aún más peligroso.
CPI A.9.a. En edificios cuyo uso predominante sea Vivienda no se exige un número mínimo de peldaños en cada tramo de escalera.
Vamos, que la cosa no cambió tanto.

Yo hablo desde la libertad :D y sólo con alguna pequeña atadura extinta sobre el Reglamento de Prevencion de Incendios de la CAM. Y lo que me parece realmente asombroso es que una meseta se pueda partir por la mitad, amparándose en cualquier normativa. Yo no he visto nunca ninguna meseta partida por la mitad y mucho menos intentar justificar que es un tiro más de un sólo peldaño. Lo veo demencial. Tan demencial como que yo esté opinando de ésto sin tener ni puñetera idea del querido DB SU (entre otros).

En fin, que más dará :cool:.

berobreo
10/06/2008, 10:36
Comparto tu opinión, a mí también me gusta bien poco, lo que quiero decir es que eso no es novedad del CTE.
Aprovecho este hilo para preguntar por la legalidad o no -en edificios de vivienda, donde se permiten tramos de uno o dos peldaños- de esta meseta que tanto se ve en muchos edificios, al menos en Galicia. Supongo que se debe a que el ancho de tramo mínimo es de 1 m., el ancho del ámbito de la escalera con el D311 era de 2.20 m. y queda un excedente de 20 cm. en el que no cabe un peldaño.
http://img143.imageshack.us/img143/5452/dibujo1presentacin1gz8.th.jpg (http://img143.imageshack.us/my.php?image=dibujo1presentacin1gz8.jpg)

unomas
11/06/2008, 14:57
Comparto tu opinión, a mí también me gusta bien poco, lo que quiero decir es que eso no es novedad del CTE.
Aprovecho este hilo para preguntar por la legalidad o no -en edificios de vivienda, donde se permiten tramos de uno o dos peldaños- de esta meseta que tanto se ve en muchos edificios, al menos en Galicia. Supongo que se debe a que el ancho de tramo mínimo es de 1 m., el ancho del ámbito de la escalera con el D311 era de 2.20 m. y queda un excedente de 20 cm. en el que no cabe un peldaño.


En mi opinión no sirve por DB SU 1-4.2.2.3 :eek:.

berobreo
11/06/2008, 15:46
En mi opinión no sirve por DB SU 1-4.2.2.3 :eek:.
DB SU 1 - 4.2.2.3.
En una misma escalera, todos los peldaños tendrán la misma contrahuella [esto se le supone, aunque no se vea en planta] y todos los peldaños de los tramos rectos tendrán la misma huella. [no aplicable, pues se podría entender como un tramo curvo con centro en la intersección de ambas contrahuellas]En tramos mixtos, la huella medida en el eje del tramo en las partes curvas no será menor que la huella en las partes rectas.[esto sí se cumpliría, pues la huella se conserva]
http://img139.imageshack.us/img139/7158/mesetapresentacin1ps5.th.jpg (http://img139.imageshack.us/my.php?image=mesetapresentacin1ps5.jpg)

calderin
11/06/2008, 16:39
Pero no puedes asimilar esa escalera a una escalera con tramos mixtos.

Coincido con 1+.

Saludos

berobreo
11/06/2008, 16:59
Yo también quiero coincidir (esa escalera me gusta menos que una patada en la rodilla), pero ¿por qué no se puede asimilar a una escalera de tramos mixtos, es decir, rectos el primero y el último y curvo el central?

EL_INUTIL_©
11/06/2008, 17:05
Luego quereis que la norma este clara, para mi es un ejemplo de como puede llegar a retorcerse la norma.

El Tapao
12/06/2008, 02:30
En mi opinión no sirve por DB SU 1-4.2.2.3 :eek:.¿Por qué? :confused:

... y todos los peldaños de los tramos rectos tendrán la misma huella. [no aplicable, pues se podría entender como un tramo curvo con centro en la intersección de ambas contrahuellas]Mismamente :p

berobreo
12/06/2008, 02:38
Luego quereis que la norma este clara, para mi es un ejemplo de como puede llegar a retorcerse la norma.
Mismamente

Mismamente :p
Pues a mí me sigue dando cierto aquel... cumplir, cumplirá, pero...

KOG
12/06/2008, 11:34
Yo considero la escalera que expone berobreo de 3 tramos rectos, con dos mesetas.

La escalera tiene 16 contrahuellas, 2 mesetas y 13 huellas.

Los tramos primero y tercero tienen 7 huellas y 6 contrahuellas. El tramo central tiene 2 contrahuellas y 1 huella compensada. Las dos contrahuellas son de la misma altura y la única huella cumplirían con el punto 4.2.2 apartado 3 de la sección SU-1.

Creo que es legal. Pero, al igual que las de meseta partida, prefiero olvidarme de su validez.

Saludos,

KOG

calderin
12/06/2008, 11:51
Mismamente :pAfinando demasiado, en el esquema de berobreo ¿donde está la curva (La que no es recta en ninguna de sus porciones)?.

Saludos

pao
12/06/2008, 12:03
Otra cuestión es: ¿cuándo una meseta deja de ser meseta para ser peldaño?

Imaginemos que en lugar de una huella y dos contrahuellas Berobreo pone dos huellas y tres contrahuellas (abre el ángulo) ¿sigue siendo válida la meseta trapezoidal? :confused:

Yo no tengo respuesta al respecto.

KOG
12/06/2008, 12:56
Otra cuestión es: ¿cuándo una meseta deja de ser meseta para ser peldaño?


EN EL CLAVO.

En el 4.2.3 de la seción SU-1 define muy bien lo que es meseta cuando no hay cambio de dirección (apartado 1).

Ahora bien, para los cambios de direccion no lo aclara.

Saludos,

KOG

win
11/10/2008, 19:04
Creo que el CT no hace sino recoger lo que ya se articulaba en la CPI-96.
Lo que permite o no la validez del escalon que parte la meseta es el USO A QUE SE DESTINA EL EDIFICIO .Si la escalera es para edifcios de uso público o pública concurrencia no sería admisible y habría que disponer tres como mínimo, mientras que si es en un edificio de viviendas (en un bloque normal) si se pueden poner un solo escalon o también dos .En viviendas unifamiliares se pueden poner escalones en diagonal o escaleras compensadas. :cool: OK ?

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