vorpal
16/10/2005, 07:20
Del antiguo foro (24/03/2003 a 13/10/2005):
Hola, mi consulta es la siguiente estoy intentando saber los metros de techo que me corresponderan tras la reparcelacion dentro de una unidad de ejecucion de un plan parcial.
Se que el aprovechamiento tipo establecido es 1,4832 m2t/m2s y la parcela tiene 6000m2 de superficie. Si hago la multiplicacion me da un resultado de 8899,20 m2t. El problema me surge al contrastar este resultado con la edificabilidad establecida para el sector. Esto es : se establece una edificabilidad maxima para el sector de 19648,69 m2t cuando si hacemos la multiplicacion del A.T. por la superficie neta del sector obtenemos solo 11555 m2t.
¿Podria ser que se planteasen unos aprovechamientos o unos coeficientes correctores especificos para cada una de las manzanas ?
Hola Gexposito:
¿en que comunidad autónoma planteas el problema? porque como puedes imaginarte, en este bendito pais ya no hay una normativa común, ahora esto es un reino de taifas.
Bueno, al toro:
En mi CA no hay aprovechamiento tipo, sino aprovechamiento medio AM, te voy a contestar partiendo de esa hipótesis.
Un Plan General puede establecer un AM sobre un área, zona, o todo el término municipal. Un sector o ámbito de planeamiento cualquiera puede tener más o menos aprovechamiento real que el aprovechamiento medio, lo que pasa es que tú, como propietario solo tendrás derecho a percibir como aprovechamiento patrimonializable o susceptible de apropiación el 90% del aprovechamiento medio que te corresoponda por superficie.
Pueden ocurrir los siguientes escenarios:
1-Que tu sector tenga asignado más aprovechamiento que el que le tocaría por superficie, en ese caso el aprovechamiento excedentario pasa a la administración que lo utilizaría para compensar a sectores en situación inversa.
2-Que tu sector tenga el aprovechamiento que le corresponde, y aquí entraría en juego los coeficientes de homogeneización que comentas. El aprovechamiento es "generico" independiente del uso, y para traducirlo a edificabilidad, se multiplica por unos factores correctores en función de la tipología o uso de la construcción concreta asignada a una zona concreta. Es posible que el aprovechamiento sea de 11555 m2 y la edificabilidad real sea de 19648, no son valores comparables, son peras y manzanas, hay que "traducir" uno al otro para poder comparar.
En todo caso, lo que te correspondería es:
sup. parcela x aprovechamiento medio x coeficiente homogeneizacion x 90%.
El resto sería para otro.
Saludos.
Muchisimas gracias vorpal por tu aclaracion.
Soy novato en esto y son demasiados conceptos para asimirlar :rolleyes:
De nada Gexposito, a mandar. Saludos.
Hola, mi consulta es la siguiente estoy intentando saber los metros de techo que me corresponderan tras la reparcelacion dentro de una unidad de ejecucion de un plan parcial.
Se que el aprovechamiento tipo establecido es 1,4832 m2t/m2s y la parcela tiene 6000m2 de superficie. Si hago la multiplicacion me da un resultado de 8899,20 m2t. El problema me surge al contrastar este resultado con la edificabilidad establecida para el sector. Esto es : se establece una edificabilidad maxima para el sector de 19648,69 m2t cuando si hacemos la multiplicacion del A.T. por la superficie neta del sector obtenemos solo 11555 m2t.
¿Podria ser que se planteasen unos aprovechamientos o unos coeficientes correctores especificos para cada una de las manzanas ?
Hola Gexposito:
¿en que comunidad autónoma planteas el problema? porque como puedes imaginarte, en este bendito pais ya no hay una normativa común, ahora esto es un reino de taifas.
Bueno, al toro:
En mi CA no hay aprovechamiento tipo, sino aprovechamiento medio AM, te voy a contestar partiendo de esa hipótesis.
Un Plan General puede establecer un AM sobre un área, zona, o todo el término municipal. Un sector o ámbito de planeamiento cualquiera puede tener más o menos aprovechamiento real que el aprovechamiento medio, lo que pasa es que tú, como propietario solo tendrás derecho a percibir como aprovechamiento patrimonializable o susceptible de apropiación el 90% del aprovechamiento medio que te corresoponda por superficie.
Pueden ocurrir los siguientes escenarios:
1-Que tu sector tenga asignado más aprovechamiento que el que le tocaría por superficie, en ese caso el aprovechamiento excedentario pasa a la administración que lo utilizaría para compensar a sectores en situación inversa.
2-Que tu sector tenga el aprovechamiento que le corresponde, y aquí entraría en juego los coeficientes de homogeneización que comentas. El aprovechamiento es "generico" independiente del uso, y para traducirlo a edificabilidad, se multiplica por unos factores correctores en función de la tipología o uso de la construcción concreta asignada a una zona concreta. Es posible que el aprovechamiento sea de 11555 m2 y la edificabilidad real sea de 19648, no son valores comparables, son peras y manzanas, hay que "traducir" uno al otro para poder comparar.
En todo caso, lo que te correspondería es:
sup. parcela x aprovechamiento medio x coeficiente homogeneizacion x 90%.
El resto sería para otro.
Saludos.
Muchisimas gracias vorpal por tu aclaracion.
Soy novato en esto y son demasiados conceptos para asimirlar :rolleyes:
De nada Gexposito, a mandar. Saludos.