mamonte
30/09/2006, 13:30
Hola a todos:
La pregunta es la siguiente:
¿En todos los andamios que montais en obra, sean del tipo que sean, exigis un documento de puesta en servicio del andamio? me refiero a montajes de mas de 2 metros de altura.
El caso es el siguiente: Existe una contratista principal y se subcontratan en su totalidad unos trabajos entre los que se incluyen como medios auxiliares los andamios y su montaje.
Yo entiendo que es la empresa subcontratista la que debe cumplir con todos los requisitos establecidos por el RD 2177/2004 y 1627/1997 relacionados con andamios, siendo obligacion del contratista principal la de velar porque se cumpla con la ley en este sentido, asi como la de la coordinadora de velar que se está de acorde a ley, exigiendo cuantos documentos se precisen.
El caso es el que sigue, una empresa subcontratada nos planteo a la coordinadora y a mi en la comision de seguridad y salud que por qué era su empresa la que tenia que dar la "puesta en servicio" del andamio (un andamio tipo "europeo", que montan sus propios trabajadores, a los que esta persona, responsable de seguridad de la empresa, ha formado para ello, y lo hacen siguiendo las instrucciones del fabricante al respecto), y que en qué parte de la normativa vigente ponía eso.
Me gustaria saber si algun compañero de este foro se ha enfrentado a esta situacion y cual es su opinion al respecto. Os cuento el proceder que hemos tomado al respecto:
La normativa dice que: " ...los andamios deberan ser inspeccionados por una persona con una formacion universitaria o profesional que lo habilite para ello:
a) antes de su puesta en servicio
b) periodicamente
c)tras cualquier modificacion, periodo de no utilizacion, exposicion a la intemperie, sacudidas sismicas, o cualquier otra circunstancia que hubiera podido afectar a su resistencia o a su estabilidad"
Aunque yo no he visto que textualmente se indique se se deba hacer un documento al respecto, entiendo que la unica manera de demostrar que la ley se esta cumpliendo es documentar este hecho mediante el documento de puesta en servicio, que además las casas especializadas en montaje de andamios suelen entregar antes de proceder a trabajar en los mismos.
Dado que en este caso, la empresa subcontratista, imagino que por temas de coste, ha decidido el no subcontratar a su vez esos trabajos de montaje de andamio, dando formación a algunos de sus trabajadores al respecto, y siguiendo en todo momento el proceso de montaje que dicta el fabricante, entendemos que la empresa subcontratista debe de aportar por parte de alguna persona de la misma dicho documento en el que documente que ese andamio esta "apto" para trabajar.
Gracias de antemano, espero respuestas al respecto, de todas formas seguramente contactaré con mi colegio para que me aclaren este tema.
La pregunta es la siguiente:
¿En todos los andamios que montais en obra, sean del tipo que sean, exigis un documento de puesta en servicio del andamio? me refiero a montajes de mas de 2 metros de altura.
El caso es el siguiente: Existe una contratista principal y se subcontratan en su totalidad unos trabajos entre los que se incluyen como medios auxiliares los andamios y su montaje.
Yo entiendo que es la empresa subcontratista la que debe cumplir con todos los requisitos establecidos por el RD 2177/2004 y 1627/1997 relacionados con andamios, siendo obligacion del contratista principal la de velar porque se cumpla con la ley en este sentido, asi como la de la coordinadora de velar que se está de acorde a ley, exigiendo cuantos documentos se precisen.
El caso es el que sigue, una empresa subcontratada nos planteo a la coordinadora y a mi en la comision de seguridad y salud que por qué era su empresa la que tenia que dar la "puesta en servicio" del andamio (un andamio tipo "europeo", que montan sus propios trabajadores, a los que esta persona, responsable de seguridad de la empresa, ha formado para ello, y lo hacen siguiendo las instrucciones del fabricante al respecto), y que en qué parte de la normativa vigente ponía eso.
Me gustaria saber si algun compañero de este foro se ha enfrentado a esta situacion y cual es su opinion al respecto. Os cuento el proceder que hemos tomado al respecto:
La normativa dice que: " ...los andamios deberan ser inspeccionados por una persona con una formacion universitaria o profesional que lo habilite para ello:
a) antes de su puesta en servicio
b) periodicamente
c)tras cualquier modificacion, periodo de no utilizacion, exposicion a la intemperie, sacudidas sismicas, o cualquier otra circunstancia que hubiera podido afectar a su resistencia o a su estabilidad"
Aunque yo no he visto que textualmente se indique se se deba hacer un documento al respecto, entiendo que la unica manera de demostrar que la ley se esta cumpliendo es documentar este hecho mediante el documento de puesta en servicio, que además las casas especializadas en montaje de andamios suelen entregar antes de proceder a trabajar en los mismos.
Dado que en este caso, la empresa subcontratista, imagino que por temas de coste, ha decidido el no subcontratar a su vez esos trabajos de montaje de andamio, dando formación a algunos de sus trabajadores al respecto, y siguiendo en todo momento el proceso de montaje que dicta el fabricante, entendemos que la empresa subcontratista debe de aportar por parte de alguna persona de la misma dicho documento en el que documente que ese andamio esta "apto" para trabajar.
Gracias de antemano, espero respuestas al respecto, de todas formas seguramente contactaré con mi colegio para que me aclaren este tema.