jabaixen
13/12/2005, 21:35
Para un proyecto de naves industriales sin uso especifico me pone el Ayuntamiento la salvedad de justificar el cumplimiento del decreto de supresión de barreras arquitectonicas que en el caso de Baleares es el 20/2003.
En dicho decreto lo único que parece de aplicación en este caso es el Art 16 que dice
Artículo 16
Edificios de titularidad privada
Todos los edificios, instalaciones y espacios de uso público de nueva
construcción de titularidad privada deberán tener adaptados los espacios de uso comunitario, ajustándose a las condiciones especificadas a los anexos 2 y 4 puntos 4.4.2 y 4.5.
Como el uso del suelo es industrial y no hay espacios comunitarios, salvo la zona de retranqueos que ademas es para uso exclusivo de cada nave, no se que decir, parece que no afecta en nada el decreto a este proyecto.
Por otro lado me da no se que contestar con una linea diciendo que no le afecta.
¿ que opinais?.
Saludos
En dicho decreto lo único que parece de aplicación en este caso es el Art 16 que dice
Artículo 16
Edificios de titularidad privada
Todos los edificios, instalaciones y espacios de uso público de nueva
construcción de titularidad privada deberán tener adaptados los espacios de uso comunitario, ajustándose a las condiciones especificadas a los anexos 2 y 4 puntos 4.4.2 y 4.5.
Como el uso del suelo es industrial y no hay espacios comunitarios, salvo la zona de retranqueos que ademas es para uso exclusivo de cada nave, no se que decir, parece que no afecta en nada el decreto a este proyecto.
Por otro lado me da no se que contestar con una linea diciendo que no le afecta.
¿ que opinais?.
Saludos