Codigo_3
21/10/2006, 12:18
Buscando información sobre este tema solo he encontrado un punto en el codigo técnico que hable del asunto DB SI 3.6.
Tengo varias dudas al respecto, ya que el problema lo tengo en la elaboración de un proyecto que contiene varios locales que dan directamente a la calle (para mas tomate no se sabe el uso de esos locales, pero las puertas tienen que estar definidas en la configuración del alzado, ya que la fachada va en parte acristalada con una fachada que imposibilita dejarlo sin definir).
En principio como los locales no son muy grandes, (hay alguno de 400 m2 en dos plantas, pero lo mas normal es en torno a los 150 m2 en una planta).
Lo que mejor me vendria seria abrir las puertas que dan para la calle al interior (sobre todo para no invadir la via publica y no tener que retranquear cosas en fachada).
Como digo; el punto que he encontrado al respecto, es el DB SI 3.6 donde dice que la salida de planta del edificio abrirá en el sentido de la evacuación cuando se supere 50 personas. Pero un poco más arriba dice que las puertas cumpliran la norma UNE-EN 1125:2003 cuando la evacuación de las personas no esten familiarizadas con la pueta.
Dichas puertas tendrán que ser de barra horizontal de empuje o deslizamiento.
La pregunta es ¿implica que en estas puertas de barra horizontal de empuje o deslizamiento el sentido de apertura hacia el exterior?
En caso afirmativo (que creo que asi es), creo que me puedo olvidar de las puertas que abren hacia el interior ya que por unas cosas u otras siempre van a exigir que las puertas abran hacia fuera.
Si conoceis alguna normativa que trate tb. el tema del signo de apertura de salida, me gustaria que la comentaramos tb.
Saluods.
Tengo varias dudas al respecto, ya que el problema lo tengo en la elaboración de un proyecto que contiene varios locales que dan directamente a la calle (para mas tomate no se sabe el uso de esos locales, pero las puertas tienen que estar definidas en la configuración del alzado, ya que la fachada va en parte acristalada con una fachada que imposibilita dejarlo sin definir).
En principio como los locales no son muy grandes, (hay alguno de 400 m2 en dos plantas, pero lo mas normal es en torno a los 150 m2 en una planta).
Lo que mejor me vendria seria abrir las puertas que dan para la calle al interior (sobre todo para no invadir la via publica y no tener que retranquear cosas en fachada).
Como digo; el punto que he encontrado al respecto, es el DB SI 3.6 donde dice que la salida de planta del edificio abrirá en el sentido de la evacuación cuando se supere 50 personas. Pero un poco más arriba dice que las puertas cumpliran la norma UNE-EN 1125:2003 cuando la evacuación de las personas no esten familiarizadas con la pueta.
Dichas puertas tendrán que ser de barra horizontal de empuje o deslizamiento.
La pregunta es ¿implica que en estas puertas de barra horizontal de empuje o deslizamiento el sentido de apertura hacia el exterior?
En caso afirmativo (que creo que asi es), creo que me puedo olvidar de las puertas que abren hacia el interior ya que por unas cosas u otras siempre van a exigir que las puertas abran hacia fuera.
Si conoceis alguna normativa que trate tb. el tema del signo de apertura de salida, me gustaria que la comentaramos tb.
Saluods.