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Ver versión completa : 30 días... entonces siempre procede ESS



BUSY SOLUTION
01/11/2006, 12:55
Buenos dias, estoy debatiendo un tema con una compañero, y es la disyuntura entre EBSS y ESS, sabeis que existe una premisa de duracion de obra no superior a 30 dias o emplear mas de 20 trabajadores simultaneamente. El resto de las condiciones estan claras, pero ..... para una vivienda unifamiliar de Pb solamente, donde no existen mas de 500 jornadas y con un PEC de 99.000 €, necesitamos EBSS o ESS, yo creo que EBSS, pero no me queda claro lo de los 30 dias laborables, entonces todas las obras de edificacion de obra nueva llevaria ESS.

Dar algo de luz a este tema por favor.

BUSY SOLUTION
01/11/2006, 13:45
ayudaaa se nos acaban las cervezas y nos vamos a dar de leches como alguin no nos aclare la polemica.

carsanor
01/11/2006, 14:32
Lo dificil es justificar las 500 jornadas.


que la duración estimada sea superior a 30 días laborables, empleandose en algún momento a más de 20 trabajadroes simultaneamente

La premisa de los 30 días debe de concurrir que haya mas de 20 trabajadores a la vez en algun momento.
En un unifamiliar raramente vas a tener a 20 trabajadores a la vez, lo cual no es necesario que la obra dure menos de 30 días.

saludos... así lo entiendo yo.

jibelio
01/11/2006, 18:30
Estoy de acuerdo con carsanor. deben concurrir ambos factores...y seria la primera vez que veo a tanta gente en un unifamiliar al mismo tiempo.....a no ser que sea el unifamiliar en plan estrella de hollywood.

saludos

BUSY SOLUTION
01/11/2006, 19:57
Asi lo entendia yo, pero me ha confundido un compañero manifestandome que solo hacia falta que concurriera una de las dos premisas para que se diera el ESS.

Gracias por todo, y ademas mas aun es este dia de fiesta.

Ignatius
02/11/2006, 13:57
Pues yo no quiero ser el aguafiestas, pero no veo tan claro lo que habeis dicho.

Si no me equivoco la susodicha condición de los EBSS dice los siguiente:

"La duración estimada de la obra no es superior a 30 días o no se emplea en ningún momento a más de 20 trabajadores simultáneamente."

Lo que a mí me parece que quiere decir o lo uno o lo otro, si la duración de la obra es de más de 30 días, hay ESS al canto.

jibelio
03/11/2006, 08:40
Ignatius:
...pues me has dudar, así que me he metido en la pagina del instituto nacional de seguridad e higiene en el trabajo, para estractar lo que dice el texto de la ley:
"Que la duración estimada sea superior a 30 días laborables, empleándose en algún momento a más de 20 trabajadores simultáneamente."
Creo que deben concurrir ambos factores simultáneamente..
En la guía técnica de aplicacion del decreto: http://www.mtas.es/insht/practice/G_obras.htm
tampoco aparece mas aclaración.

saludos

Ignatius
03/11/2006, 10:04
Ya...bueno, si eso es así, no hay ningún problema, está claro, pero existe una guía de redacción de EBSS, que se puede descargar desde la sección de documentos de esta misma página de internet, en el que dicha condición figura tay y como yo he señalado, y creo que esa guía se basa en un librito que publicó el COA de Madrid hace unos años.

Yo la verdad es que siempre he usado esa condición, y tenía más o menos claro que había que hacer ESS casi para todo, pero claro, ahora, ¿en qué quedamos?

BUSY SOLUTION
03/11/2006, 23:40
Efectivamente, tras consulta al consejo superior de arquitectura tecnica, han de concurrir ambos factores para darse el ESS.

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