Ver versión completa : Aviso previo de una obra
Hola a tod@s:
tengo una pequeña duda, el aviso previo de una obra quién tiene la obligación de llevarlo a la Dirección Provincial de Trabajo, la contrata, la dirección de obra o el coordinador de salud?
Un saludo.
el promotor (o aquél en quien el mismo delgegue o a quien se lo encolome)
f.
En el caso de la administración pública,
¿si delega debe hacerse patente en algún documento?
¿o como siempre, valdrá lo de yo te contrato, yo te digo lo que te delego?
Un saludo.
El RD 1627/1997 indica que "el promotor deberá efectuar un aviso previo a la autoridad laboral competente antes del comienzo de los trabajos".
Por lo tanto, yo entiendo que no hay delegación posible. Es responsabilidad del promotor y no puede firmar ningún documento que le exima de dicha obligación.
Otra cosa es quien lo lleva o lo presenta físicamente en el mostrador del registro de entrada, que en ese caso puede ser cualquiera de quien el promotor se fie, pero no creo que haya que firmar un contrato para eso.
Efectivamente, es obligación del promotor y su entrega puede realizarla cualquiera sin que deba existir ningún escrito ni cotrato de por medio.
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