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Tema: Circuitos vivienda

  1. #1
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    Circuitos vivienda

    Estoy con una rehabilitación de una vivienda, los circuitos los tengo claros si no me falla la memoria)

    C1 Los puntos de iluminación. C2 Tomas de corriente de uso general y frigorífico.
    C3 Circuito de la cocina y horno.
    C4 Circuito de la lavadora, lavavajillas y termo eléctrico.
    C5 Tomas de corriente de los cuartos de baño, y auxiliares del cuarto de cocina.

    Tengo dos dudas. ¿Cada dircuito tiene que ir con su "macarron" o pueden compartirlo? El C3, se refiere a los enchufes de cocina o a la vitro, etc.. Al tener el horno y la cocina de gas, ¿puedo no tener ese circuito?


  2. #2
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    Tengo dos dudas. ¿Cada dircuito tiene que ir con su "macarron" o pueden compartirlo?
    No (otra cosa es que el instalador haga lo que le venga en gana
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    El C3, se refiere a los enchufes de cocina o a la vitro, etc.. Al tener el horno y la cocina de gas, ¿puedo no tener ese circuito?
    no, la cocina y el horno suelen tener un encendedor a base una chispa que no se genera a pilas precisamente, y el horno tiene una lucecita para ver si ha subido o no el bizcocho que le pasa lo mismo. Así que a gas o no, tiene que tener circuito, otra cosa es que puedas y quieras justificar que no necesitas tanta potencia instalada y que instales menor sección de cableado

    El carbón también es renovable, solo que tarda más en regenerarse!!!
    mrmpneqtqeqta
    Marco Aurelio dijo "A todas horas preocúpate en hacer bien lo que hagas, como romano y como hombre; con diligencia, libertad, amor y justicia" (Meditaciones, II,5)

  3. #3
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    Así que a gas o no, tiene que tener circuito...
    Correcto. El circuito C3 es obligatorio aunque no se vaya a usar.

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    ...otra cosa es que puedas y quieras justificar que no necesitas tanta potencia instalada y que instales menor sección de cableado
    Falso. El circuito C3, además de ser obligatorio en electrificación básica, ha de ser de 25 A y con sección mínima de 6 mm2. Aunque luego no haya cocina ni horno eléctricos. Otra cosa es que, tratándose de una rehabilitación, no se toque más que algún circuito pero la pregunta parece que se refiere a una instalación nueva.

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    ...la cocina y el horno suelen tener un encendedor a base una chispa que no se genera a pilas precisamente...
    Si una cocina u horno de gas están equipados con dispositivos electrónicos y necesitaran ser enchufados (igual que ocurre con una caldera mural de gas) deberán conectarse al circuito C5. El C3 no es válido para enchufar aparatros de poca potencia no diseñados para circuitos de 25A. Por eso las bases y clavijas son diferentes.

    Un saludo.
    Última edición por fanotron; 21/08/2012 a las 00:02.

  4. #4
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    Falso. El circuito C3, además de ser obligatorio en electrificación básica, ha de ser de 25 A y con sección mínima de 6 mm2. Aunque luego no haya cocina ni horno eléctricos. Otra cosa es que, tratándose de una rehabilitación, no se toque más que algún circuito pero la pregunta parece que se refiere a una instalación nueva.

    Si una cocina u horno de gas están equipados con dispositivos electrónicos y necesitaran ser enchufados (igual que ocurre con una caldera mural de gas) deberán conectarse al circuito C5. El C3 no es válido para enchufar aparatros de poca potencia no diseñados para circuitos de 25A. Por eso las bases y clavijas son diferentes.
    Fallas en ambas consideraciones. Si yo no voy a enchufar en un circuito las cargas que indican en el REBT, puedo (y debo si eso es un beneficio para la instalación) justificar un dimensionamiento menor, o mayor si fuese necesario.
    Encimeras de gas y hornillo eléctrico, por poner un ejemplo, quieres decir que tienen dos tomas distintas? una para hacer la chispa y otra para el hornillo? en las últimas que he visto, no, otra cosa es que algunas sí lo tengan. La caldera de gas no es equiparable a una cocina, que para ello tengo un circuito C4 independiente para ella sola
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    mrmpneqtqeqta
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  5. #5
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    Si yo no voy a enchufar en un circuito las cargas que indican en el REBT, puedo (y debo si eso es un beneficio para la instalación) justificar un dimensionamiento menor, o mayor si fuese necesario.
    Vamos a ver, ORG, el REBT está para cumplirlo. No es válido "hacer menos" (y en algunos casos incluso tampoco se puede "hacer mas") de lo que la norma dice salvo por razones de seguridad, imposibilidad material, etc. siempre justificandolo en proyecto y con medidas alternativas adoptadas para mantener el nivel mínimo de seguridad. Pero éste no es el caso. Las prescripciones del reglamento son mínimos obligatorios según el art. 23 del mismo. En electrificación básica de viviendas los cinco circuitos son el mínimo obligatorio y con el dimensionado que la propia norma establece, no otro. Si el usuario va a usar cocina de gas no legitima al instalador para diseñar el circuito C3 con menos sección; del mismo modo que si quiere alumbrarse con velas no es una excusa para no instalar el circuito C1.

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    Encimeras de gas y hornillo eléctrico, por poner un ejemplo, quieres decir que tienen dos tomas distintas? una para hacer la chispa y otra para el hornillo? en las últimas que he visto, no, otra cosa es que algunas sí lo tengan.
    Si el hornillo eléctrico es de 16 A o menos sí tienen la misma toma. Si el hornillo es de más de 16 A, la toma de corriente es forzosamente distinta.

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    La caldera de gas no es equiparable a una cocina, que para ello tengo un circuito C4 independiente para ella sola
    El circuito C4 está pensado para lavadora, lavavajillas y termo eléctrico (ITC-BT-25, apdo. 2.3.1). Además, este circuito C4 tiene una peculiaridad especial y es que cuando se combina con tomas "normales" de 16 A es necesario subdividirlo en líneas protegidas por automáticos de 16 A. Sólamente en ese caso sería posible enchufar la caldera mural a dicho circuito (no es lo más correcto pero podría admitirse ya que permite, por ejemplo, utilizar con seguridad para la caldera la toma de corriente del termo si éste no existe).

    Un saludo.

  6. #6
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    Vamos a ver, ORG, el REBT está para cumplirlo. No es válido "hacer menos" (y en algunos casos incluso tampoco se puede "hacer mas") de lo que la norma dice salvo por razones de seguridad, imposibilidad material, etc. siempre justificandolo en proyecto y con medidas alternativas adoptadas para mantener el nivel mínimo de seguridad. Pero éste no es el caso. Las prescripciones del reglamento son mínimos obligatorios según el art. 23 del mismo. En electrificación básica de viviendas los cinco circuitos son el mínimo obligatorio y con el dimensionado que la propia norma establece, no otro. Si el usuario va a usar cocina de gas no legitima al instalador para diseñar el circuito C3 con menos sección; del mismo modo que si quiere alumbrarse con velas no es una excusa para no instalar el circuito C1.
    Efectivamente, está para cumplirlo, no para aplicarlo como si fuésemos monos. Si yo un circuito en una vivienda no le voy a asignar las cargas que se estipulan en él, puedo y debo rebajar las consideraciones del circuito. Si sé que únicamente voy a instalar 1000W de potencia no me vale de mucho, ni por diseño ni por seguridad, poner un circuito preparado para 10.000W. Esto que se hace en otros locales no destinados a vivienda es también aplicable a una vivienda. El REBT establece unos mínimos que hay que cumplir: mínimos de sección, mínimos de puntos de luz, mínimos de bases... otra cosa es que sus requerimientos sean mayores que los que yo necesito para su correcto uso y como técnico haga lo que es seguro para el usuario. Otra cosa es que intente decir que con un punto de luz y una base de 16 A, tenga más que suficiente para dotar eléctricamente a una casa de 1000 m2.

    No puedes dejar de poner puntos de luz porque es poner un requerimiento mínimo que se establece por diversas normativas (ya no solo el REBT) sino que supongo que alguna normativa urbanística dirá que toda casa debe tener iluminación (si alguna obliga a la preinstalación de un bidé, pues supongo que en otras cosas más básicas también se incluirán) Otra cosa es que la persona que habita esa casa en vez de ponerle una bombilla, pone velas, pues es algo en el que no se va a meter uno. Yo si diseño una instalación de calefacción lo hago para que los habitantes estén bien dentro, si luego lo programa para que solo alcancen 12ºC, comprenderás que no es cosa mía


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    Si el hornillo eléctrico es de 16 A o menos sí tienen la misma toma. Si el hornillo es de más de 16 A, la toma de corriente es forzosamente distinta.
    No lo has entendido. Una cosa es que la placa (mixta o únicamente eléctrica) consuma más o menos que 16A, otra cosa es que si es mixta haya 1 toma para la parte electrónica, y otra para la eléctrica. Es decir, en la mayor parte de las placas que a día de hoy se instalan, no hay bases distintas



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    El circuito C4 está pensado para lavadora, lavavajillas y termo eléctrico (ITC-BT-25, apdo. 2.3.1). Además, este circuito C4 tiene una peculiaridad especial y es que cuando se combina con tomas "normales" de 16 A es necesario subdividirlo en líneas protegidas por automáticos de 16 A. Sólamente en ese caso sería posible enchufar la caldera mural a dicho circuito (no es lo más correcto pero podría admitirse ya que permite, por ejemplo, utilizar con seguridad para la caldera la toma de corriente del termo si éste no existe).
    El termo eléctrico en las delegaciones de industria con las que he trabajado, tiene una nota informativa que se sacó hace tiempo que se consideraría igual a una caldera en caso de que esta existiese en sustitución del termo eléctrico.
    Se combina con tomas normales??eek:_O para las tomas normales ya tenemos el circuito C2, y si no nos llegan, podemos hacer más circuitos, no meterlas en otros circuitos ya existentes.
    Última edición por ORG; 02/09/2012 a las 11:21.
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    mrmpneqtqeqta
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  7. #7
    Experto Avatar de Goran Pastich
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    Fallas en ambas consideraciones. Si yo no voy a enchufar en un circuito las cargas que indican en el REBT, puedo (y debo si eso es un beneficio para la instalación) justificar un dimensionamiento menor, o mayor si fuese necesario.
    Encimeras de gas y hornillo eléctrico, por poner un ejemplo, quieres decir que tienen dos tomas distintas? una para hacer la chispa y otra para el hornillo? en las últimas que he visto, no, otra cosa es que algunas sí lo tengan. La caldera de gas no es equiparable a una cocina, que para ello tengo un circuito C4 independiente para ella sola
    No lo veo tan claro, la ITC 25 es muy restrictiva, ¿puedes poner más potencia por circuito? por supuesto. Pero ¿menos? Yo entiendo que la instalación tiene que estar hecha con los mínimos que marca el REBT, aunque luego no se conecte nada en algunos circuitos. Hay que tener en cuenta que las viviendas se compran y venden y donde hoy hay una cocina de gas mañana puede haber una eléctrica, y por eso se fijan mínimos....

  8. #8
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    No lo veo tan claro, la ITC 25 es muy restrictiva, ¿puedes poner más potencia por circuito? por supuesto. Pero ¿menos? Yo entiendo que la instalación tiene que estar hecha con los mínimos que marca el REBT, aunque luego no se conecte nada en algunos circuitos. Hay que tener en cuenta que las viviendas se compran y venden y donde hoy hay una cocina de gas mañana puede haber una eléctrica, y por eso se fijan mínimos....
    Es muy restrictiva, pero los marca en función de unas premisas previas. si justificas que alcanzas el mismo grado de seguridad y de servicio, puedes rebajar esos mínimos que marcan.
    Como bien dices, las casas se venden y se compran, pero no siempre te pedirán que diseñes con esa premisa. Los técnicos de industria, que normalmente son los que miran esto (y en vivienda unifamiliar ni eso creo que les dé tiempo de hacer) comprenden que no es lo mismo una promoción de 115 viviendas que una autopromoción de 1 vivienda, en una su uso es venderlas y la instalación tendrá que cumplir unos mínimos generalistas para que todos puedan tener una instalación que se adapte a la mayoría de los usuarios, y otra es una instalación que de origen va a satisfacer las necesidades del usuario, y este podrá ajustarlo lo mejor posible. Una cosa es decirles también que solo quiero un enchufe y un punto de luz, que la casa es mía y no quiero nada más que no lo necesito, y otra distinta es decirles que en base a unos criterios técnicos se decide cambiar el dimensionamiento de un circuito. Y si alimento mi casa con corriente continua? tengo que seguir todo lo que marca el REBT aunque no sea lo más adecuado para mi tipo de corriente?
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  9. #9
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    No lo has entendido. Una cosa es que la placa (mixta o únicamente eléctrica) consuma más o menos que 16A, otra cosa es que si es mixta haya 1 toma para la parte electrónica, y otra para la eléctrica. Es decir, en la mayor parte de las placas que a día de hoy se instalan, no hay bases distintas
    Pues no es que yo no lo haya entendido. Es que al no especificar "mixta" anteriormente, no se explicó Vd. nada bien, como únicamente habló de

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    Encimeras de gas y hornillo eléctrico...
    Yo por hornillo entiendo: utensilio pequeño y generalmente portátil, para cocinar o calentar alimentos.

    Evidentemente aquí estamos de acuerdo. Las placas de cocina, eléctricas o mixtas, no tienen dos clavijas. Tienen sólo una, acorde al consumo que tengan.

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    El termo eléctrico en las delegaciones de industria con las que he trabajado, tiene una nota informativa que se sacó hace tiempo que se consideraría igual a una caldera en caso de que esta existiese en sustitución del termo eléctrico.
    Yo entrecomillé "tomas normales" y añadí de 16 A para dejar claro que el circuito C4 tiene ese tipo de tomas de corriente y que son admisibles para caldera, pero siempre protegidas con automático de 16 A. Creo que básicamente estamos de acuerdo en ello.

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    Se combina con tomas normales??eek:_O para las tomas normales ya tenemos el circuito C2, y si no nos llegan, podemos hacer más circuitos, no meterlas en otros circuitos ya existentes.
    Me parece que el emoticono se queda corto. No sé de dónde saca eso de que para tomas normales ya tenemos el circuito C2 (aquí entiendo el circuito que tiene bases de enchufe de pared para usos varios). Eso en la cocina es sencillamente falso puesto que lo único susceptible de estar en una cocina que sea conectable a dicho circuito C2 es el extractor y el frigorífico. Las tomas de pared para usos varios en la cocina, en baños y aseos deben pertenecer al circuito C5. Y si se necesitan más de seis tomas, se deberá añadir otro circuito adicional pero con las mismas características y dimensionado del C5.

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    Efectivamente, está para cumplirlo, no para aplicarlo como si fuésemos monos. Si yo un circuito en una vivienda no le voy a asignar las cargas que se estipulan en él, puedo y debo rebajar las consideraciones del circuito. Si sé que únicamente voy a instalar 1000W de potencia no me vale de mucho, ni por diseño ni por seguridad, poner un circuito preparado para 10.000W. Esto que se hace en otros locales no destinados a vivienda es también aplicable a una vivienda. El REBT establece unos mínimos que hay que cumplir: mínimos de sección, mínimos de puntos de luz, mínimos de bases... otra cosa es que sus requerimientos sean mayores que los que yo necesito para su correcto uso y como técnico haga lo que es seguro para el usuario. Otra cosa es que intente decir que con un punto de luz y una base de 16 A, tenga más que suficiente para dotar eléctricamente a una casa de 1000 m2.

    No puedes dejar de poner puntos de luz porque es poner un requerimiento mínimo que se establece por diversas normativas (ya no solo el REBT) sino que supongo que alguna normativa urbanística dirá que toda casa debe tener iluminación (si alguna obliga a la preinstalación de un bidé, pues supongo que en otras cosas más básicas también se incluirán) Otra cosa es que la persona que habita esa casa en vez de ponerle una bombilla, pone velas, pues es algo en el que no se va a meter uno. Yo si diseño una instalación de calefacción lo hago para que los habitantes estén bien dentro, si luego lo programa para que solo alcancen 12ºC, comprenderás que no es cosa mía
    Bien. No estoy de acuerdo con Vd. pero respeto su opinión y su libertad como proyectista, o diseñador de la instalación si ésta no requiriese proyecto, para cumplir o no cumplir aquellos preceptos del REBT que estime conveniente y/o le venga en gana.

    Pero tenga en cuenta que si en una instalación eléctrica adopta criterios, soluciones, etc. que no son aplicación directa de las prescripciones del REBT, deberá justificarlo acogiéndose a los arts. 23.3.b o 24 de la citada disposición legal y en ambos casos necesita autorización administrativa.

    No sé si alguna vez le habrá ocurrido en la práctica, supongo que no porque nos lo habría contado, un caso análogo al que en este hilo se trata. Agradeceremos que si algún día le autorizan a proyectar una instalación eléctrica de vivienda en cuyo circuito C3 "pueda y quiera justificar que no necesita tanta potencia instalada y que instale menor sección de cableado", nos lo haga saber.

    Mientras tanto, las ITC del REBT mandan.

    Un saludo.
    Última edición por fanotron; 06/09/2012 a las 11:19.

  10. #10
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    Pero tenga en cuenta que si en una instalación eléctrica adopta criterios, soluciones, etc. que no son aplicación directa de las prescripciones del REBT, deberá justificarlo acogiéndose a los arts. 23.3.b o 24 de la citada disposición legal y en ambos casos necesita autorización administrativa.

    No sé si alguna vez le habrá ocurrido en la práctica, supongo que no porque nos lo habría contado, un caso análogo al que en este hilo se trata. Agradeceremos que si algún día le autorizan a proyectar una instalación eléctrica de vivienda en cuyo circuito C3 "pueda y quiera justificar que no necesita tanta potencia instalada y que instale menor sección de cableado", nos lo haga saber.
    Suelo hablar de experiencias propias, no de "teoría de la interpretación de la normativa" He realizado varios proyectos eléctricos en mi vida (así como de otras ramas), he justificado lo que he tenido que justificar si eso iba en vías de la seguridad y eficiencia de la instalación, y con eso le he ahorrado mucho dinero a mis clientes. Unos de los clientes que tengo actualmente (y desgraciadamente principal) en base a estos temillas de justificar el cumplimiento de la normativa con la opción más barata e igual de útil y segura, le he conseguido un buen ahorro de dinero, no hace mucho, un solo informe sirvió para que mi contrato fuese pagado durante 3 años con el ahorro generado. Un solo informe cuando al cabo del año le habo varios y le gestiono los trabajos de ingeniería principalmente. Te informo que no me consideran un ingeniero barato, pero si me siguen contratando será porque algo bien debo hacer (y no precisamente el café que siempre lo quemo)


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    Pues no es que yo no lo haya entendido.
    Debo ser que soy tonto, pero soy un tonto educado, así que para usted la perra gorda y dejo el tema. Aparte denuncio el tema y le pido al moderador que borre mis aportes de este tema

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