Estoy haciendo la licencia de actividad de una nave adosada en un poligono industrial, donde las caracteristicas de la nave son las siguientes:
Estructura compartida (pilares de hormigon R 180)
Cerramiento compartido (placas de hormigon R 180)
cubierta independiente (cerchas de hormigon R 180)
Para el tipo de actividad a desarrollar y segun calculo de la carga de fuego el nivel de riesgo intrinseco es bajo.
La justificacion que expongo para justificar establecimiento tipo B es la siguiente:
"La nave industrial que nos ocupa será clasificada como tipo B, puesto que ocupa un edificio que esta adosado a otro con una distancia inferior a tres metros. Tiene cubierta independiente aunque la estructura es compartida con las contiguas. Al ser una nave porticada donde la resistencia al fuego de la estructura es la misma que las paredes medianeras (RF-180) por ser de hormigón armado tanto paredes como pilares y cerchas, no tiene sentido hablar de colapso de la estructura cuando si hubiera colapso seria del conjunto paredes medianeras y estructura por tener la misma RF. Si los pilares compartidos estan expuestos al fuego por una de sus caras al estar totalmente embebidos en el muro medianero, si tienen una estabilidad al fuego (RF-180), superior a la exigida a dicha pared medianera (RF-120 en el caso mas desfavorable tipo A), el posible daño estructural a la nave colindante por colapso de la estructura portante de la misma (pilares) queda justificado, dado que bajo estas circunstancias, los pilares colapsarían, cuando la medianería ya no cumpliera su misión de parallamas y es en ese caso cuando el local colindante se vería afectado."
¿Que os parece es suficiente?. Lo digo porque el tecnico del ayuntamiento, me pide, ""detalles constructivos, justificaciones y certificaciones con el objeto de garantizar el comportamiento de la nave como tipo B".
Y yo me pregunto ¿Que mas le puedo aportar?.¿ Vosotros que creeis?
Saludos.

Responder con cita
que estoy flojo)
