Pues bueno, en breve me enfrento a mi primera obra de construcción propiamente dicha, hasta ahora a parte de las obras que he realizado en la empresa en la que trabajo, solo había realizado rehabilitaciones de fachada.
Ahora me enfrento con la ampliación - rehabilitación de una vivienda unifamiliar aislada.
Y claro con Arquitecto Técnico, he de realizar el Control de Calidad de la obra, pero me surge una duda. Siempre habia entendido que el Arquitecto en su proyecto de ejecución, establecia un Plan de Control y el Arquitecto Tencico realizaba un Programa de Control en base a lo establecido en el Plan, estoy equivocado????![]()
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En el caso de que así sea, porque el Arquitecto en su proyecto de ejecución, ya visado antes del CTE, no realiza el apartado de Plan de Control??? Se lo puedo reclamar???![]()
Un saludo y gracias.

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