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Tema: IRPF autopromotor: ¿deducirnos el máximo permitido o solo lo gastado?

  1. #1
    Cadete Avatar de NABIU
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    nov 2005
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    91

    IRPF autopromotor: ¿deducirnos el máximo permitido o solo lo gastado?

    Hola a todos!!

    En 2004 compramos un solar con el dinero que teníamos en una cuenta vivienda, y en 2005 presentamos el proyecto al ayuntamiento, pero aún no tenemos licencias, por lo tanto el año pasado no gastamos dinero en construcción, solo en una parte del proyecto.

    Mi duda es la siguiente, podemos deducir el máximo permitido (el 15% de 9015€x2), o solo lo que nos gastamos el año pasado que no llega a 3000€. Nosotros fuimos ahorrando en la misma cuenta que teníamos la cuenta vivienda y podríamos llegar a los máximos.

    El tema es que no sé si una vez gastado el dinero de la cuenta vivienda en la compra del solar, solo son deducibles los gastos en construcción o no.

    Bueno, ya sé que no me he explicado muy bien, pero espero que lo entendáis.

    Saludos a todos!!

    Ley de Keops: Nunca se ha hecho nada según las previsiones, o dentro del presupuesto.

  2. #2
    Gran maestro Avatar de vile
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    oct 2005
    Ubicación
    Pontus Veteris ( Pontevedra )
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    3.579
    Uff no te puedo contestar ... pero si te acercas a una delegación de Hacienda seguro que te contestan ... incluso por tlfno puede que te lo solucionen ...
    Un saludo.


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