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Tema: Franja peatonal en aparcamientos, ¿obligatorio?

  1. #1
    Experto Avatar de bujalance
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    Interrogación Franja peatonal en aparcamientos, ¿obligatorio?

    Hola, nose muy bien si esto va aqui o que, sino podeis cambiarlo a la seccion que sea.
    Tengo una duda, y es que ultimamente en Sevilla estoy viendo en los aparcamientos una franja peatonal pintada que marca el recorrido que deben seguir los peatones. Sabeis si esto es obligatorio debido a alguna ley nueva que ha salido en los ultimos años, ¿puede ser la frasecita que hay en el DB-SU Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento?

    Si me podeis aclarar algo

    Muchas gracias

    SALUDOS


  2. #2
    Experto Avatar de _Jose_
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    El DB-SU 7 "Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en
    movimiento" hace una mención a lo que comentas:

    Protección de recorridos peatonales
    1 En plantas de Aparcamiento con capacidad mayor que 200 vehículos o con superficie mayor que
    5000 m2, los itinerarios peatonales utilizables por el público (personas no familiarizadas con el edificio)
    se identificarán mediante pavimento diferenciado con pinturas o relieve, o bien dotando a dichas
    zonas de un nivel más elevado. Cuando dicho desnivel exceda de 550 mm, se protegerá conforme a
    lo que se establece en el apartado 3.2 de la sección SU 1.



  3. #3
    Experto Avatar de bujalance
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    Rapido y contundente . Todo aclarado

    Muchas gracias

    SALUDOS

  4. #4
    Maestro
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    ago 2006
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    Ojo con esto porque, en estos aparcamientos grandes para público, además de "identificar" con pintura o relieve el recorrido peatonal a lo largo de un vial hasta las salidas, el vial debe tener la anchura mínima exigible sin incluir en ella la anchura del recorrido peatonal (0,80 m min.)


  5. #5
    Experto Avatar de bujalance
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    Buena observación, lo tendré en cuenta.

  6. #6
    Experto Avatar de bujalance
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    Cita Originalmente publicado por El Tapao Ver mensaje
    Ojo con esto porque, en estos aparcamientos grandes para público, además de "identificar" con pintura o relieve el recorrido peatonal a lo largo de un vial hasta las salidas, el vial debe tener la anchura mínima exigible sin incluir en ella la anchura del recorrido peatonal (0,80 m min.)

    ¿De donde has sacado esa condición?, porque en el CTE no la consigo encontrar.

  7. #7
    VIP Avatar de EL_INUTIL_©
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    oct 2005
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    Bujalance creo que es evidente y no hace falta aclarar.
    __________________________________________________ ____________________________________
    Cuanto mas estudio el DB SI mas conozco el articulado y en la misma proporción pierdo el concepto y eso ES MALO

  8. #8
    Experto Avatar de bujalance
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    may 2006
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    Me parece muy logico, aunque quería saber si viene especificado en alguna normativa, porque todo lo que se justifique con normativa por delante es mejor.

    Gracias

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