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Tema: DB-SI 5: bomberos, condiciones de aproximación y entorno

  1. #1
    VIP Avatar de EL_INUTIL_©
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    DB-SI 5: bomberos, condiciones de aproximación y entorno

    Esto surge por un proyecto de reforma de calle que tengo que hacer, pero ahora me aparece una nueva duda.



    Antecedentes ... Supongamos un proyecto de urbanizacion, miremos si hay que aplicar CTE .... Ambito de aplicacion, me leo el ambito de aplicacion y no parece que tengas que aplicar el CTE.

    Vale, perfecto ... luego.... me paso por el forrito (que mal hablo) las Condiciones de aproximación y entorno, en la CPI existia el anejo de recomendacion, y aqui lo hacemos norma, pero excluimos el cumplir las condiciones de aproximacion y entorno por no ser de Aplicacion el CTE ?

    Luego veremos en los PGOU, condiciones seran de aplicacion



    DB-SI5 Intervención de los bomberos


    Condiciones de aproximacion y entorno del CTE.






    Última edición por EL_INUTIL_©; 27/09/2006 a las 08:58.

  2. #2
    Veterano Avatar de néstor
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    en efecto, el cte "no" se mete en las urbanizaciones, pongo el no entre comillas porque (además de no ser un experto en el cte) por lo que yo veo si tu urbanización no cumple las condiciones del art db si 5 punto 1.2 no se podrán hacer edificios con una altura de evacuación descendente mayor que 9 m.

    pd: desconozco si existe una normativa específica para urbanizaciones.

    un saludo
    néstor

  3. #3
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    Mi proyecto no se ve afectado, pero viendo que en el ambito de aplicacion no me sale ni siquiera urbanizacion, me sabe chungo... es que lo que pasa que la queremos mas dura aun, je je

  4. #4
    VIP Avatar de arckko7
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    Al principio del Apéndice 2 de la CPI-96 quedaba muy claro, pero con el nuevo DB-SI del CTE yo creo que prevalece el apartado SI-5 que viene a decir lo mismo. Vamos que no te libra de hacerlo cumplir, porque sino, como bien dice Nestor, estarías menoscabando las condiciones de accesibilidad de los equipos de intervención contraincendios con tu decisión.

    Parte I Cap 3 artículo 11.5. Intervención de bomberos:
    "se facilitará la intervención de los equipos de rescate y de extinción de incendios"

    Yo con esto ya lo vería claro.

    Ante el vacío de la norma, debería prevalecer el sentido común.
    Un saludo.

    EL MEJOR REFRÁN:

    "NO DIGAS NUNCA DE ESTA AGUA NO HE DE BEBER"



  5. #5
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    Ante el vacío de la norma
    ¿Quien dice que hay vacio? Veamos nos han legislado, y claramente tenemos un CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION, luego al igual que en la CPI-96 SOLO ERAN RECOMENDACIONES, y así algunos planes generales elevaban ese anejo "con todas sus letras" a la categoria de norma, y ojo que como es logico siguen en vigor, ahora pues el que no puso nada y hablaba de recomendaciones de la NBE-CPI-96 se ha quedado en fuera de juego (pa ellos), pero tambien se te van a quedar en fuera de juego normativas de PGOU (ver dimensiones de patios) menos restrictivas que las del CTE.

    Asi que unas para ti otras para mi, que bien que nos lo vamos a pasar, jeje.

    De todos modos que conste que es por fomentar el debate, asi que me atribuyo el papel de mosca cojonera.

  6. #6
    Maestro Avatar de jasonkid13
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    Cita Originalmente publicado por arckko7

    Ante el vacío de la norma, debería prevalecer el sentido común.
    ¿desde cuando existe el sentido común en este mundillo? ¿Me he perdido algún capítulo? ruego información. Gracias

    Fdo:

    El otro sentido
    No hace falta que me recuerden que hay crisis a cada momento.

  7. #7
    Maestro Avatar de jasonkid13
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    Añado:

    No hace falta que me recuerden que hay crisis a cada momento.

  8. #8
    Veterano Avatar de néstor
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    Cita Originalmente publicado por arckko7
    Ante el vacío de la norma, debería prevalecer el sentido común.
    pero prevalece la ley de la selva
    un saludo
    néstor

  9. #9
    Junior Avatar de SKALA
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    Entonces ¿el SI-5: Intervencion de bomberos, apart. 1.1 y 1.2 no son de aplicación en una urbanización para viviendas unifamiliares (altura de evacuación inferior a 9 m)? ¿En nada de nada? ¿Ni ancho de calles, ni espacios de maniobra, longitud de calles sin salida?

    Tengo el caso de una urbanización para 22 viv unifamiliares, privada con una calle en fondo de saco de mas de 20 m.....

  10. #10
    VIP Avatar de EL_INUTIL_©
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    SKALA, solo era una reflexion acerca de los vacios e incongruencias de este nuestro CTE, si el CTE no es de aplicacion a urbanismo, ni proyectos de urbanizacion, salvo que en el PGOU ponga que las normas de diseño ser rigen por este apartado dificilmente te pueden obligar a cumplirlo.

    Otra cosa es que la logica te diga que si hay que cumplirlo o respetarlo. Porque si luego sucede algo vendra el maestro armero (Juez) y decidira lo que hacer.


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