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Tema: Técnico competente para reforma local de hostelería

Vista híbrida

  1. #1
    Novel
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    Técnico competente para reforma local de hostelería

    Hola
    Hay algún otro profesional, además del aparejador, que pueda ejercer la dirección de la obra y firmar el fin de obra en una reforma de un local de hosteleria, para el que no hizo falta presentar proyecto en el ayuntamiento sino una ficha técncia y memoria de instalaciones?
    Un saludo


  2. #2
    VIP Avatar de Ruskin
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    Un arquitecto, desde luego, pero ¿qué tienes en contra de que lo haga un aparejador?

    "Es detestable esa avaricia espiritual que tienen los que sabiendo algo, no procuran la transmisión de esos conocimientos."
    (Miguel de Unamuno)


  3. #3
    Gran maestro Avatar de calderin
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    Si no existe proyecto, no existe obra, y por lo tanto no existe dirección de obra ni se puede emitir el certificado final de la obra.

    Como conclusión, no es necesario ni aparejador ni arquitecto, ni técnico alguno.

    Saludos

  4. #4
    Veterano Avatar de numantino
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    El certificado final de obra se refiere habitualmente a la culminación de unas obras de acuerdo a un PROYECTO DE EJECUCION en cualquiera de sus modalidades.
    No entiendo como te piden un certificado final de obra si no te han exigido previamente el Proyecto de Reforma, para licencia y siendo un local de pública concurrencia.
    Si te lo exigen ahora lo que realmente te están pidiendo es un Expediente de legalización, (no quiere decir que lo que has hecho sea ilegal), con la documentación técnica, gráfica y el correspondiente certificado.
    Otra cosa son los distintos boletines, que según la entidad de las instalaciones posiblemente los pueda firma el mismo instalador.

  5. #5
    VIP Avatar de vorpal
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    Cita Originalmente publicado por palom Ver mensaje
    Hola
    Hay algún otro profesional, además del aparejador, que pueda ejercer la dirección de la obra y firmar el fin de obra en una reforma de un local de hosteleria, para el que no hizo falta presentar proyecto en el ayuntamiento sino una ficha técncia y memoria de instalaciones?
    Un saludo
    ¿en base a que legislación puede un Ayuntamiento exigir una dirección técnica sin haber proyecto previo?
    Si se exige dirección técnica es porque las obras tienen suficiente complejidad, y por tanto no podrían ser consideradas obras menores, serían obras mayores.
    Y toda obra mayor requiere PROYECTO TÉCNICO, no memoria ni otro tipo de documentos, PROYECTO.

    Por tanto entiendo que lo procedente es la LEGALIZACIÓN, y en ese caso dependerá del objeto y del alcance de las obras realizadas para averiguar que titulación es la competente para llevarlo a cabo.

    Saludos.
    En España hay 450.000 políticos. Recortando el sueldo a cada uno 1000 € al mes, ahorraríamos 450 M de € mensuales y 5400 M de € anuales.

    Estimación de indemnizaciones y pensiones vitalicias a los directivos de bancos intervenidos: 120 M de € (fuente: http://economia.elpais.com/economia/...41_619580.html)

    Recortes que se planificaron para 2012 en EDUCACIÓN por el Gobierno central (fuente PGE): 2400 M de €

    Ahí lo dejo.

  6. #6
    VIP Avatar de Ruskin
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    Mira que os gusta sacar las cosas de quicio:

    Cita Originalmente publicado por palom Ver mensaje
    ... una ficha técncia y memoria de instalaciones?
    Un saludo
    Entiendo que le han dicho que se lo puede hacer un aparejador, y lo lógico es que se lo admitan de un arquitecto.
    "Es detestable esa avaricia espiritual que tienen los que sabiendo algo, no procuran la transmisión de esos conocimientos."
    (Miguel de Unamuno)


  7. #7
    Gran maestro Avatar de calderin
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    Cita Originalmente publicado por Ruskin Ver mensaje
    Entiendo que le han dicho que se lo puede hacer un aparejador, y lo lógico es que se lo admitan de un arquitecto.
    Cada uno con su cuerpo puede hacer lo que quiera, incluso aceptar esta disparata exigencia, pero legalmente si no se ha redactado proyecto de ejecución, no se puede exigir certificado final de obras, lo diga quien lo diga (ayuntamiento incluido).

    Saludos

  8. #8
    VIP Avatar de Ruskin
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    Cita Originalmente publicado por calderin Ver mensaje
    Cada uno con su cuerpo puede hacer lo que quiera, incluso aceptar esta disparata exigencia, pero legalmente si no se ha redactado proyecto de ejecución, no se puede exigir certificado final de obras, lo diga quien lo diga (ayuntamiento incluido).

    Saludos
    Calderin, muchacho, me estoy imaginando a Palom en el ayuntamiento diciendo eso. No es mi intención discutir esto, simplemente constatar que en general, lo que le toca al ciudadano es cumplir el trámite que le dice la administración si quiere conseguir el final de obra o el certificado que sea.
    "Es detestable esa avaricia espiritual que tienen los que sabiendo algo, no procuran la transmisión de esos conocimientos."
    (Miguel de Unamuno)


  9. #9
    Gran maestro Avatar de calderin
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    Cita Originalmente publicado por Ruskin Ver mensaje
    Calderin, muchacho,...
    Como se nota que has pasado tiempo por esta tierra…


    Cita Originalmente publicado por Ruskin Ver mensaje
    [B]C…, simplemente constatar que en general, lo que le toca al ciudadano es cumplir el trámite que le dice la administración si quiere conseguir el final de obra o el certificado que sea.
    Ruskin, habrá que plantar cara a los desmanes de la administración,


    Detrás de la intervención de todo técnico está su seguro de RC, basta con leerse la LOE y la parte I del CTE para saber la responsabilidad que adquiere un técnico al asumir la dirección de obra, cuando existe proyecto de ejecución pero él no ha participado en su , imagínate la responsabilidad que se adquiere cuando no existe ni siquiera proyecto. probablemente la compañía de seguros no garantice la protección del profesional en esa obra.

    Por otro lado leyéndose la LOE y el CTE uno sabe que la administración exige la elaboración de proyecto para dar licencia de obra y que toda dirección de obra pasa necesariamente por la existencia de un proyecto previo, en el que se basa la dirección de obra. Por otro lado está el tema de la S y S, que se basa en el proyecto, si no se conoce la obra que se va a desarrollar no se puede redactar el proyecto de S y S.

    En definitiva, es imposible de cumplir esta exigencia del Ayto por ilegal.

    Saludos
    Última edición por calderin; 20/10/2010 a las 14:55.

  10. #10
    Novel
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    Gracias a todos por las respuestas.
    Me explico un poco más: cuando yo decido alquilar el local de hosteleria, voy al ayuntamiento le comento el tiempo que lleva cerrado el local que voy a alquilar y las obras que quiero hacer. La técnico del ayuntamiento dice que con una ficha técnica y una memoria de instalaciones es suficiente. Me pongo en contacto con un aparejador y él lo realiza y lo presenta en el ayuntamiento. Hasta ahí todo bien, el problema es cuando yo empiezo a ver cosas en este aparejador que no me gustan, y me surge la siguiente duda, cuando yo empiece la obra con la empresa que decida, que papel juega el aparejador, es necesario y obligatorio que el lleve la dirección de la obra y que emita el certificado final de obra?

    P.d: no soy profesional en este campo, mejor dicho no tengo ni p...idea.
    saludos


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