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Tema: Tiempo para resolver la presentación de licencia

  1. #1
    Novel
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    Tiempo para resolver la presentación de licencia

    hola, os escribo por si alguien puede resolverme una duda que tengo, veréis, el problema es el siguiente.

    Presenté el proyecto básico en el ayuntamiento correspondiente, ya hace mas de un año, para que me concediesen la oportuna licencia.
    El problema es que no me dan concedido dicha licencia, me han pillado dos cambios de gobierno por medio y me han dicho que eso ha retrasado mucho a los técnicos, puesto que en elecciones se para todo durante unos meses, según me han dicho.
    El caso es que el tema me urge y empiezo a estar desesperado, puesto que como he dicho me urge empezar, ya que he ido a junto mi arquitecto y me ha dicho que se puede demorar 6 meses mas como mínimo, cosa a la que no estoy dispuesto.( prefiero perder lo que ya he pagado antes que seguir esperando, llegado el caso)
    Mi arquitecto me ha dado como única opción que si quiero, y como ya hace mas de tres meses que se presento el proyecto, podría si quiero empezar con la obra, ya que todo el proyecto se ajusta a la normativa vigente, y según dice y muy a las malas, la administración tiene 3 meses para contestarme, si en 3 meses no me contestan, se entiende que el proyecto esta aceptado, y no tienen ningún requerimiento o aclaración que hacerme, la pregunta del millón es:

    ES ESTO CIERTO?, no me importa que después me manden avisos o intenten pararme la obra si esto es así, ya que me da igual ponerme a pleitear con mi ayuntamiento, pero no encuentro ninguna normativa al respeto que regule el tema del tiempo para conceder licencias, ya que estoy viendo que voy a llegar a 3 años, y no me la han dado aun.
    gracias por las respuestas

    no obstante repito que si esa opción no fuese valida tampoco, estoy dispuesto a perder los 6000 euros de basico y los 4300 de ejecucion, ( es una obra bastante grande)


  2. #2
    Gran maestro Avatar de cabronias
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    Efectivamente, eso se llama silencio administrativo. El caso está en saber si ese silencio es positivo a la petición o negativo. Calentito de este año:

    Real Decreto Ley 8/2011, de 1 de julio

    Artículo 23. Silencio negativo en procedimientos de conformidad, aprobación o autorización administrativa.
    1. Los actos de transformación, construcción, edificación y uso del suelo y el subsuelo que se indican a continuación requerirán del acto expreso de conformidad, aprobación o autorización administrativa que sea preceptivo según la legislación de ordenación territorial y urbanística:
    1. Movimientos de tierras, explanaciones, parcelaciones, segregaciones u otros actos de división de fincas en cualquier clase de suelo, cuando no formen parte de un proyecto de reparcelación.
    2. Las obras de edificación, construcción e implantación de instalaciones de nueva planta.
    3. La ubicación de casas prefabricadas e instalaciones similares, ya sean provisionales o permanentes.
    4. La tala de masas arbóreas o de vegetación arbustiva que, por sus características, puedan afectar al paisaje.
    5. La primera ocupación de las edificaciones de nueva planta y de las casas a que se refiere la letra c) anterior.
    2. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución expresa legitimará al interesado que hubiere deducido la solicitud para entenderla desestimada por silencio administrativo.


    Vamos, lo que viene siendo que el silencio administrativo es que no tienes licencia. No puedes empezar las obras y si lo haces incurres en un delito urbanístico que te puede salir caro.

    Por cierto vaya milonga que te han contado con lo de las elecciones. Intenta hablar con los técnicos del ayuntamiento haciendoles ver el perjuicio que te están causando y llora, llora mucho. Es lo que hay y en Hispanistán las cosas funcionan así.


  3. #3
    Experto Avatar de oskalecheva
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    El silencio administrativo positivo hay que solicitarlo por escrito y te lo tienen que conceder. No se puede dar por supuesto que obtienes licencia sin más que esperar a que pasen los tres meses sin que el Ayto diga esta boca es mía. Ni mucho menos se puede empezar la obra legalmente sin haber presentado el proyecto de ejecución, comunicaciones de nombramiento de dirección y ejecución, informes favofables, ni dado de alta la obra en trabajo.

    Y sí, lo de los técnicos y las elecciones es un cuento chino. Vete al Ayto, y habla con mucha educación pero con mucha claridad con el jefe de servicio, el concejal, el alcalde o todos a la vez.

    Tanto apoyo al emprendador y luego la administración es un bebedero de patos!
    Última edición por oskalecheva; 26/11/2011 a las 21:12.
    No existe buena arquitectura si no hay previamente un buen cliente

  4. #4
    Novel
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    Cita Originalmente publicado por oskalecheva Ver mensaje
    El silencio administrativo positivo hay que solicitarlo por escrito y te lo tienen que conceder. No se puede dar por supuesto que obtienes licencia sin más que esperar a que pasen los tres meses sin que el Ayto diga esta boca es mía. Ni mucho menos se puede empezar la obra legalmente sin haber presentado el proyecto de ejecución, comunicaciones de nombramiento de dirección y ejecución, informes favofables, ni dado de alta la obra en trabajo.

    Y sí, lo de los técnicos y las elecciones es un cuento chino. Vete al Ayto, y habla con mucha educación pero con mucha claridad con el jefe de servicio, el concejal, el alcalde o todos a la vez.

    Tanto apoyo al emprendador y luego la administración es un bebedero de patos!
    entiendo que mas de algún listo si fuese así, esperaría justo los tres meses para empezar, pero yo llevo esperando bastante mas.
    y lo que os digo de elecciones, me lo han dicho 2 veces ya, la segunda con las del 20 n, por lo tanto paso de que me sigan vacilando, gastaré mi dinero en otros menesteres en otros ayuntamientos, gracias por las respuestas.

  5. #5
    VIP Avatar de Octopussy
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    Cita Originalmente publicado por oskaelecheva
    El silencio administrativo positivo hay que solicitarlo por escrito y te lo tienen que conceder.
    ¿No has leido lo que ha colgado cabronias?

    BCLIP la verdad no entiendo que eso pueda pasar, en todo caso tengo claro que si abandonara la opción presentaría una demanda al Ayuntamiento para que corra con los gastos ocasionados, porque digo yo que alguna responsabilidad tendrán.
    Dos no discuten si uno no quiere.
    Y ese uno responde lo que le sale de los tentáculos.

  6. #6
    Maestro Avatar de paules
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    Cita Originalmente publicado por BCLIP Ver mensaje
    Presenté el proyecto básico en el ayuntamiento correspondiente, ya hace mas de un año, para que me concediesen la oportuna licencia.
    Mi arquitecto me ha dado como única opción que si quiero, y como ya hace mas de tres meses que se presento el proyecto, podría si quiero empezar con la obra, ya que todo el proyecto se ajusta a la normativa vigente, y según dice y muy a las malas, la administración tiene 3 meses para contestarme, si en 3 meses no me contestan, se entiende que el proyecto esta aceptado, y no tienen ningún requerimiento o aclaración que hacerme, la pregunta del millón es:

    ES ESTO CIERTO?
    Vaya por delante que en materia de licencias urbanísticas no pueden adquirirse por silencio positivo facultades contrarias a la ordenación urbanística.

    Sin embargo y desde el respeto a las opiniones vertidas, si lo coloreado es cierto, soy de la opinión que puedes considerar estimada la licencia por virtud del silencio producido, dado que el Real Decreto Ley 8/2011, de 1 de julio, entró en vigor el 7 de ese mismo mes.

    Así pues, procedería verificar si la fecha de entrada de la solicitud permite tal estimación.
    .
    Última edición por paules; 27/11/2011 a las 13:29.
    ¿Cómo es que, siendo tan inteligentes los niños, son tan estúpidos la mayor parte de los hombres? Debe ser fruto de la educación.

    Alexandre Dumas

  7. #7
    Novel
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    Cita Originalmente publicado por paules Ver mensaje
    Vaya por delante que en materia de licencias urbanísticas no pueden adquirirse por silencio positivo facultades contrarias a la ordenación urbanística.

    Sin embargo y desde el respeto a las opiniones vertidas, si lo coloreado es cierto, soy de la opinión que puedes considerar estimada la licencia por virtud del silencio producido, dado que el Real Decreto Ley 8/2011, de 1 de julio, entró en vigor el 7 de ese mismo mes.

    Así pues, procedería verificar si la fecha de entrada de la solicitud permite tal estimación.
    .
    se presento en abril, DEL AÑO PASADO. lo marcado en rojo por ti, es así tal cual,

  8. #8
    Gran maestro Avatar de cabronias
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    Joder, ¿tanto trabajo tiene en ese ayuntamiento que en 19 meses no han tendio tiempo de informar sobre el proyecto?

  9. #9
    Maestro Avatar de paules
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    Cita Originalmente publicado por BCLIP Ver mensaje
    se presento en abril, DEL AÑO PASADO. lo marcado en rojo por ti, es así tal cual,
    Solo un inciso para no dar lugar a equívocos.

    Debe entenderse que cumplir con la normativa vigente significa también, que la solicitud de licencia se tramite cumpliendo los requisitos requeridos en la Ordenanza Municipal Reguladora de las Licencias Urbanísticas de Obra Mayor.
    ¿Cómo es que, siendo tan inteligentes los niños, son tan estúpidos la mayor parte de los hombres? Debe ser fruto de la educación.

    Alexandre Dumas

  10. #10
    Gran maestro Avatar de Isasi
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    Antes de iniciar cualquier tipo de reclamación y de empezar a blandir el tema del silencio yo me aseguraría que el proyecto está correcto, nunca se consideran adquiridas por silencio obras en contra de la normativa, y los errores son frecuentes. El mejor consejo que te han dado, es que te acerques a la oficina técnica y preguntes, te puedes llevar sorpresas. Las licencias son actos reglados, pero antes de exigir tus derechos, intenta obtener toda la información precisa.
    Un saludo

    Aprecio las cosas buenas de la vida, aunque difícil se empeñan en ponerlo algunos

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