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Tema: Posibilidad de cerrar ventanas a mi casa

  1. #11
    Gran maestro Avatar de cabronias
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    ago 2008
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    Claramente las ventanas del edificio público son ilegales porque no cumplen en Código civil en cuanto a separación en vistas directas a parcela vecina. El códo civil contempla 2 m de separación en vistas rectas y 60 cm en vistas oblicuas (ventanas perpendiculares a tu medianera)..... Eso por un lado.

    Si tu separación a linderos es la que marca la normativa municipal (y esta cumple con el Código civil), las ventanas no las tienes que cerrar si no quieres y si te pones, el edificio público tiene que cerrar las suyas.... esto por otro lado.

    Ahora, ya sabes cómo son los pueblos y si te emperras te van a mirar las cosas con lupa y te van a hacer la puñeta. Valora si merece o no la pena.

    Yo desde luego agachaba la cabeza y embestía como un miura defendiendo lo mío.


  2. #12
    Cadete
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    A mi es que no me parece que tus ventanas puedan "ser buenas" quedando a 60 cm. de una pared.

    Ten en cuenta que tus ventanas hacia ese edificio no cumplen DB-HS-3 del CTE. No te van a dar apenas luz ni aire, (salvo que quedes por encima que no es lo que parece).

    En cualquier caso, y por dar opciones, también puedes, aunque solo sea por j___r (jugar), cerrar esos huecos de la medianería con piezas de pavés, con lo que ya no son "ventanas" sino un "muro traslúcido" que te puede aportar algo de luz. Sin discusión en cuanto a servidumbres. (tendrías que abrir de todas formas en otras fachadas).


  3. #13
    Gran maestro Avatar de cabronias
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    ago 2008
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    Las ventanas que están a 60 cm de la medianera son las del edificio público.

  4. #14
    Cadete
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    Guadalajara
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    La verdad es que realmente no sabemos donde están las ventanas de la casa nueva, o me he perdido algo.
    Si no están en la medianería o en su proximidad (a menos de 2 ó 3 m) anulo mucho o todo de lo dicho.
    Pero si están a más de 2 ó 3m. no sé quien se lo va a querer cerrar... ¡y más con licencia concedida!

  5. #15
    Experto Avatar de ponicana
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    Una foto sería lo suyo para descubrir el misterio, ¿no? (o unas desde diferentes ángulos).

  6. #16
    Maestro Avatar de atjamv
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    Buenas
    La servidumbre es de vistas sobre la finca, no sobre la construcción.
    ¿cuando se utiliza articulo que he puesto?

  7. #17
    Experto Avatar de ponicana
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    ¿Ha adquirido servidumbre en 5 años?

  8. #18
    Novel
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    Cita Originalmente publicado por lrl Ver mensaje
    A mi es que no me parece que tus ventanas puedan "ser buenas" quedando a 60 cm. de una pared.

    Ten en cuenta que tus ventanas hacia ese edificio no cumplen DB-HS-3 del CTE. No te van a dar apenas luz ni aire, (salvo que quedes por encima que no es lo que parece).

    En cualquier caso, y por dar opciones, también puedes, aunque solo sea por j___r (jugar), cerrar esos huecos de la medianería con piezas de pavés, con lo que ya no son "ventanas" sino un "muro traslúcido" que te puede aportar algo de luz. Sin discusión en cuanto a servidumbres. (tendrías que abrir de todas formas en otras fachadas).

    Pues mira, en eso del pavés no había caido. Por cierto, ¿sólo está permitido el pavés?. ¿Y si pondría un cristal opaco con marco fijo (o sea, una cosa que no pueda abrirse?

  9. #19
    VIP Avatar de Octopussy
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    Mira que te emperras en abrir a una cosa que tiene 60cms? además si son habitaciones vivideras, tendrás que abrir ventanas a otro sitio, lo único que conseguiras es tener un mal aislamiento en esa zona.
    Dos no discuten si uno no quiere.
    Y ese uno responde lo que le sale de los tentáculos.

  10. #20
    Gran maestro Avatar de cabronias
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    Estoy releyendo y me asalta la duda...

    ¿La casa que se construye la forera está pegada a la medianera y en ella quiere abrir las ventanas dando al pasillo de 60 cm o la fachada está a X m de la medianera?

    Pon unas fotos y nos aclaramos


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