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Tema: Registro o Catastro, ¿es oficina o vivienda?

  1. #1
    Novel
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    jun 2012
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    2

    Registro o Catastro, ¿es oficina o vivienda?

    Hola,
    A ver si me podéis ayudar, he visto consultas sobre este tema en el foro pero ninguna igual.

    Quiero comprarme una casa, pero he visto que en el catastro aparece:
    "Uso: oficina"

    y en la nota simple del Registro aparece:
    "DESCRIPCION DE LA FINCA
    Vivienda piso con anejos
    URBANA: Número uno. Vivienda en Planta Baja" y describe que tiene cocina, baño... Por lo que entiendo que es de uso residencial.

    ¿A qué hay que hacerle caso? ¿habrá problemas para vivir allí? ¿habrá que pelearse con el catastro, ayuntamiento...?

    Muchas gracias



  2. #2
    VIP Avatar de Octopussy
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    feb 2009
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    14.846
    Antiguamente antes de las barrabasadas de la normativa legislativa, te diríamos que la escritura-registro es lo que vale, pero dado que hoy se puede inscribir cualquier mierda una vez pasado el plazo legal de prescripción, no me fio ni siquiera de la registral, consulta en el Ayuntamiento si dispone de Cédula de Habitabilidad.

    Dos no discuten si uno no quiere.
    Y ese uno responde lo que le sale de los tentáculos.

  3. #3
    Gran maestro Avatar de antoni0
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    jul 2007
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    3.902
    La pregunta se ha hecho otras veces. Como dice Octo, la respuesta está en el Ayuntamiento.
    El catastro recoge la edificación, y apenas tiene en cuenta los usos. El uso del catastro es fiscal. Tiene muchas incorrecciones urbanísticas y referentes al uso. No confiere derechos ni limitaciones.

    El Registro de la propiedad, aparte de no ser obligatorio, es un registro hipotecario y cargas, que permite inscribir la propiedad. Tiene muchas incorrecciones. Es dudoso que confiera derechos respecto al uso, en mi opinión no los confiere salvo que la finca provenga de una reparcelación, pero entonces se limita a recoger lo que ha aprobado el Ayuntamiento, por lo que no confiere derechos, sino que recoge derechos existentes y las cargas de la reparcelación.

  4. #4
    Novel
    Fecha de ingreso
    jun 2012
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    2
    Gracias, como comenté ya había visto temas parecidos, pero quería saber si el registro tiene preferencia sobre el catastro o viceversa y, por lo que leo, la respuesta es que para este tema los dos valen una mierda, sólo vale el ayuntamiento.

  5. #5
    Junior
    Fecha de ingreso
    jul 2010
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    157
    Aparte de lo que te han comentado anteriormente (que el uso urbanístico no lo marca catastro ni registro, si no que lo determina el ayuntamiento), adelantarte que tienes la ventaja de que registralmente tiene uso como vivienda por lo que te será (o al menos antes lo era) conseguir unas mejores condiciones de la hipoteca en el banco (anteriormente para viviendas normalmente solían dar el crédito hipotecario por el 80% del valor de tasación mientras que para oficinas únicamente se otorgaba el 60%)... por lo que la única "pelea" la tendrás en todo caso con el ayuntamiento

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