Señores, el art 319 del código penal lo dice bien clarito. Quienes construyan sin licencia en suelo no urbanizable, a la trena. Incluidos los técnicos (atención cuencoarrocistas). Y el Seprona está siempre al loro, pasando de lo que diga el concejal. Y ojo, que con el art 320 va detrás el...