El banco me ha dicho que tenemos que poner el valor del PEM declarado en el ICIO, ¿no es correcto?pero no sobre el PEM, sino sobre el importe que declares como valor del inmueble en la escritura
El banco me ha dicho que tenemos que poner el valor del PEM declarado en el ICIO, ¿no es correcto?pero no sobre el PEM, sino sobre el importe que declares como valor del inmueble en la escritura
Dependerá del ayuntamiento, el valor base del ICIO no lo escoges tú (a diferencia del valor declarado en obra nueva), te lo impone el ayuntamiento, bien cogiendo el que aparece en proyecto (si es así, si que puedes mediar vía arquitecto...) o con sus propias tablas, en este caso queda reflejado lo que diga el ayuntamiento.Yo tengo pensado utilizar el valor del PEM tanto para ICIO como para declaración de obra nueva
Ese es el único pero en declarar un valor inferior, la única duda que tengo es si al liquidar la plusvalía podemos justificar con las facturas el valor real pagado y no el declarado...Entiendo que te refieres al 20% de plusvalía, ¿verdad? Es decir, no pagar el IAJD ahora, que supondría el 1% de los 150k €, podría suponernos, con la venta de la vivienda, el tener que pasar por caja y ya no con un 1%, sino con un 20% de plusvalía... me refiero a los 150k € de diferencia entre el valor de la vivienda terminada (250k €) y el valor declarado en obra nueva (100k €).
Por eso comentaba que para curarnos en salud lo lógico sería liquidar esa diferencia de 150k € ahora, porque lo haríamos al porcentaje al que graven los AJDs en tu comunidad, en mi caso un 1%, lo que desconozco es el momento en el que se liquidará esa diferencia
El valor de vivienda se incluye en la declaración de obra nueva, a más valor declarado, pagas más IAJD, más notario, etc.¿sabrías decirnos si en la posterior declaración de obra nueva terminada podríamos ya escriturarlo al valor que consideremos oportuno (por ejemplo 200.000 €, pagando el 1% de otros 100.000 € adicionales) o ya sería demasiado tarde?
¿Y cuánto te cobran por cada certificación? ¿A qué bancos les vale con las certificaciones del arquitecto sin necesidad de tasador?Yo, con Ibercaja, en un pueblo de Zaragoza cercano he conseguido variable a 25 años 0,90, sin comisión de apertura y sin comisiones por amortización o cancelación, seguro de vida y hogar solo el primer año con ellos, se hacen cargo de los AJD y no me acuerdo si de algo más, posibilidad de meter el terreno en hipoteca y otros costes como materiales que uno aporte para mejorar la casa (todo iría metido en hipoteca), proyecto arquitecto y dirección de obra y tasas también me dan la opción de meterlo. Yo el terreno lo he comprado con fondos propios, así no tener que engordar la hipoteca innecesariamente. ¿Cómo lo veis?
En mi caso sí, no ha llegado a 500 €.¿Solo 400 de notario? Me piden el doble de provisión de fondos
Queda claro, a la hora de ponerle un valor a la casa (y pagar los AJD correspondientes) es mejor hacerlo en la declaración de obra nueva en construcción que en la de fin de obra, o al menos parece lo menos engorroso...El valor de vivienda se incluye en la declaración de obra nueva, a más valor declarado, pagas más IAJD, más notario, etc.
No entiendo el porqué queréis modificar el valor más tarde. ¿Tanto va a variar la vivienda en el transcurso de la obra?, piensa que depende que modificaciones hagas, la licencia no será válida...
La escritura de finalización de obra no paga IAJD, y es bastante más barata a efectos de notario y Registro (solo certifica la finalización de la obra). En esta escritura (creo) que no puedes modificar el valor declarado anteriormente.
Ojo con poner un valor muy bajo en la escritura de obra nueva, ya que Hacienda puede intervenir si el valor declarado está por debajo del valor real. En mi caso, yo he puesto el valor que estableció el ayuntamiento en el ICIO
No, ya que el valor de mercado incluye la parcela, la urbanización de la misma, etc. Has de poner el valor real del bien escriturado, es decir, lo que te cuesta a ti construirla. Como pagas IAJD, Hacienda se cuida que no la infravalores, pero por encima, lo que quieras, o sea, que contra más alto, más IAJD ahora, pero menos plusvalía si la vendes más cara en un futuro.La duda que yo tengo es si, por ejemplo, la vivienda terminada creemos que tiene un valor de mercado de 250.000 €, tendremos que escriturarla en 250k y pagar AJD por esos 250k