Me gustaría conocer vuestra opinión sobre este tema:
Estoy diseñando un pareado en la Comunidad de Madrid y resulta que aplicando la normativa autonómica el porcentaje máximo de acceso para vehículos a un garaje oscila entre 18%-20% (el CTE dice 16% pero para rampas con acceso de personas y vehículos). El caso es que la mayoría de pareados del municipio exceden con mucho este porcentaje por ello me podéis orientar si alguno ha tenido algún problema tanto en el visado como en el ayuntamiento? porque no encuentro ninguna ley que me hable de más del 20% y no hay más que mirar por ahí que es algo muy habitual exceder este porcentaje ¿Es esto legal ó simplemente se mira para otro lado?
Estoy diseñando un pareado en la Comunidad de Madrid y resulta que aplicando la normativa autonómica el porcentaje máximo de acceso para vehículos a un garaje oscila entre 18%-20% (el CTE dice 16% pero para rampas con acceso de personas y vehículos). El caso es que la mayoría de pareados del municipio exceden con mucho este porcentaje por ello me podéis orientar si alguno ha tenido algún problema tanto en el visado como en el ayuntamiento? porque no encuentro ninguna ley que me hable de más del 20% y no hay más que mirar por ahí que es algo muy habitual exceder este porcentaje ¿Es esto legal ó simplemente se mira para otro lado?