Demolición residuos peligrosos: placas de fibrocemento bajo cubierta

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Me han encargado la redacción de un proyecto de demolición y sospecho que existen placas de fibrocemento bajo la cubrición (cubierta).
¿Es necesario algún tipo de inspección previa por parte de alguna empresa / consultora especializada que certifique la existencia de estos elementos?
¿Tengo que entregar con el proyecto algún tipo de plan de estos elementos?:confused:

Para el caso de elementos que puedan contener plomo, ¿se requiere también una demolición selectiva? ¿Está regulado por normativa? Sé que los elementos de amianto los regula el RD 296/2006. ¿Pero los de plomo?

Por otra parte, existe una gran cantidad de elementos de placa de yeso laminado (PLADUR) en el inmueble. ¿Tendría sentido plantear la separación en obra de estos elementos¿ ¿Conoceis gestores de este tipo de residuo?

Gracias,
;)
 
Muchas gracias. Pero... ¿Me podrías indicar las normas que lo regulan?

No encuentro por ningún sitio que ese diagnóstico sea obligatorio. ¿No lo realizaría directamente el técnico redactor del proyecto?

En cuanto a los elementos de plomo, tampoco encuentro que en España estén regulados.

¿Qué gestores recogen PYL para su posterior tratamiento (que no acaben directamente mezclada con otros residuos en la planta)?
 
En todo proyecto se debe redactar un "Plan de Gestión de residuos", donde propones la separación y tratamiento de cada "familia" de ellos.
Los de fibrocemento son de especial peligrosidad y ya estaban regulados con anterioridad. Pon en internet normativa+asbesto y te saldrán muchas entradas
 
Pues eso, que si lo tengo que hacer yo. Tras hablar con varias empresas de demolición me han dicho que lo realizarían ellos.

Ya tengo claro que acorde con el RD 296/2006 se debe incluir un plan de retirada de amianto y hacer un diagnóstico etc etc

Si tan claro tienes todo Octopussy, explica un poquillo hombre. Por que un "sí a todo" está bien si se argumenta. ¿En qué te basas para decirme sí hay que tratar de manera especial al plomo?

Por si alguien ve este hilo y le interesa el tema, en otros países está regulado como elemento peligroso, pero no en España.
Sí está incluido dentro del Plan De Gestión de Residuos y habrá que hacer una estimación de su generación como con el resto de residuos, pero nada más.
 
Tras hablar con varias empresas de demolición me han dicho que lo realizarían ellos.

Debes distinguir entre tus obligaciones y la de ellos, tu proyecto debe contemplar una serie de documentación, la empresa que realice la demolición de la parte que contiene amianto tiene que hacer su documentación, que no es poca, que complementa tu proyecto pero que NO es tu proyecto de demolición, ni tu estudio de seguridad y salud. En ellos debes recoger TODO lo que consideres o la norma exija en en cuanto a esa demolición donde existe amianto y al resto de la demolición.

En base a tu proyecto, la empresa que haga la retirada de amianto esta obligada a realizar un plan específico (no es el plan de seguridad que también tiene que hacer la empresa que efectúe la demolición, pueden ser diferentes empresas o la misma) para la retirada de productos con amianto regulado por ese RD que dices, donde tú ni existes. El que la empresa tenga que hacer su plan no te exime a tí de hacer toda la documentación contemplando la existencia de amianto en tu proyecto ni en tu estudio de seguridad y salud.

Otra cosa es que la empresa pueda guiarte en la redacción de esa parte de tu ESS.

El plomo tiene ciertos condicionantes en su demolición que hace que no pueda-deba mezclarse con otras demoliciones de otras unidades de obra.

Por si alguien ve este hilo y le interesa el tema, en otros países está regulado como elemento peligroso, pero no en España.

Se regulan por directiva europea luego sera igual (o debería serlo) en todos los paises, lo que pasa es que muchas legislaciones de estados miembros diganos que no convergen.
 
Amen a lo que dice @Octopussy con respecto a amianto y responsabilidades en proyecto.

Sobre el plomo, mencionar el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre Aparatos Eléctricos y Electrónicos y la gestión de sus residuos, el Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de Vehículos al Final de su Vida Útil que más que condicionar su retirada y gestión, prohiben su utilización en nuevos productos, en todo caso circunscrito a los AE&Es y VFVUs, y el Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre Pilas y Acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos.
Pero, si resulta que no hay AE&Es, VFVUs y/o P&As implicados, no me suena nada sobre desmantelamiento/demolición/retirada de elementos de plúmbeos (entiendo que tuberías/canalones y poco más, no me suenan elementos estructurales de plomo...), que como si que requiere el Decreto de RCDs (no específicamente para el plomo, pero si para los residuos), han de ser separado y gestionado adecuadamente (aka, gestor autorizado para ello).
 
Si tienes que andar con fibrocemento, tienes que contactar con una empresa R.E.R.A. (Registro de Empresas con Riesgo de Amianto) para que elaboren el plan de trabajo, lo tramiten ante el órgano autonómico competente (¿trabajo o PRL?) y una vez aprobado lo ejecuten, desmantelando los elementos y gestionándolos adecuadamente.

Echa una mirada al REAL DECRETO 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto:

Elaboración y presentación de plan de desamiantado.
Instalación de medios y medidas colectivas e individuales del amianto.
Microencapsulado de superficie.
Desmontaje de fibrocemento.
Mediciones de amianto (ambientales y personales).
Macroencapsulado y almacenaje en zona limitada.
Transporte y gestión de residuo.
Emisión documentación de gestión de residuo.

El plan de desamiantado lo envían a Trabajo y debe pasar un inspector, y después la misma empresa retira el amianto, el proceso dura unos 40 días en los que no se puede tocar el amianto ni variar su situación.
 
El Plan de Gestión de Residuos lo elabora el contratista. Lo que debe contener el proyecto es un Estudio de Gestión de Residuos. Conviene tener clara la diferencia.

En el caso de los residuos conteniendo amianto, en fase de proyecto afecta al Estudio de Seguridad y Salud y al Estudio de Gestión de Residuos.

Saludos.
 
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