Tasar una propiedad con muchos menos m² de los realmente construidos

Buenos días.

Estoy interesado en comprar una propiedad que consta de finca y vivienda unifamiliar que está registrada (registro de la propiedad) con muchos menos m² de los realmente construidos. El propietario no está dispuesto a escriturar la obra nueva y registrarla antes de que se firme el contrato de compraventa.

Este hecho supone un problema para mí, puesto que yo querría tener una tasación hipotecaria de la propiedad antes de proceder a firmar el contrato de compraventa para así estar más o menos seguro de que compro por un precio de mercado o, en todo caso, inferior, por si en un futuro decido venderla. Consultado con dos bancos y una tasadora conocida en el sector, me dicen que la tasación hipotecaria solo puede hacerse por los m² registrados. Obviamente, esto a mí no me sirve en absoluto para el propósito de conocer el valor de mercado antes de la compra.

Como solución me dan solicitar una tasación de asesoramiento de compraventa, que me dice la tasadora que cuesta exactamente igual que la hipotecaria (con o sin visita al inmueble) y, tras declaración de obra nueva y correspondiente registro, solicitar otra tasación ya con finalidad hipotecaria. Por supuesto, pagando también esta segunda tasación.

Esto tiene para mí 2 inconvenientes:
1.- Pagar 2 tasaciones en lugar de una.
2.- No vinculación entre una y otra tasación.

El segundo inconveniente es el que veo de importante riesgo porque me podría encontrar con una tasación de asesoramiento de un valor superior al de la tasación hipotecaria posterior (al no existir vinculación ni compromiso entre ambas) y esto podría suponer que me arrepintiese de haber comprado la finca, pero ya habiendo firmado el contrato de compraventa, habiendo desembolsado consecuentemente dinero y, con parte de ese dinero, habiendo el actual propietario inscrito la obra nueva en escritura y registro (necesario para tasación hipotecaria real). Un embolado y dinero perdido en tasaciones y en contrato de arras.

He leído en el foro que, en algún caso, podría hacerse una tasación con finalidad de asesoramiento condicionada a actualizar la información registral y, una vez actualizada, se pasaría esa misma tasación de asesoramiento a tasación con finalidad hipotecaria sin coste. Esto sería válido durante 6 meses. Esto sería estupendo, puesto que evitaría el riesgo de tener que abortar la operación ya con costes importantes incurridos, además del coste de la segunda tasación.

Sin embargo, ni los bancos ni la tasadora me han orientado a ninguna solución parecida. En la tasadora he hablado incluso con el tasador hipotecario a quien correspondía hacer la tasación.

¿Qué opinión os merece esta situación y qué forma veis de acometerla o resolverla?

Gracias de antemano por las respuestas.

Un saludo.
 
Aunque no haya vinculación entre una tasación y otra, a la hora de hacer la tasación hipotecaria la haces con la misma tasadora y el mismo tasador, y seguro que pone el mismo precio (no se va a contradecir). No hay ninguna operación que no suponga algo de riesgo y, la verdad, pagar dos tasaciones, aunque luego no suponga que salga la operación, no me parece ninguna ruina económica y puede traer muchos beneficios si sale positiva.
En el contrato de arras, siempre puedes poner una cláusula de estar supeditado a que realmente te den la hipoteca. Eso sí, tienes que valorar si con la primera tasación (la que solo incluye los metros escriturados) te da suficiente para comprarla con hipoteca, por si a lo mejor no es tan fácil registrar los metros realmente construidos y se complica.
 
Gracias por la respuesta.
En este caso, y con la tasadora con la que trabaja el banco que me interesa, los tasadores serían siempre diferentes (el de la tasación de asesoramiento y el de la hipotecaria), sin posibilidad alguna de que sean el mismo.
Sí, pagar dos tasaciones no es del gusto de nadie, pero tampoco es un drama. Por eso ya digo que el principal problema es la no vinculación-compromiso entre la primera y la segunda tasación.
Respecto al último punto que comentas, decir que en este caso la diferencia de metros construidos frente a registrados sería del orden de 5 a 1, por lo que ni de broma una hipotecaria con los m² registrados daría para comprar. Pero, siendo malo, no es lo peor. Lo peor es que compraría sin disponer verdaderamente de una tasación real de mercado de esa finca y que podría equivocarme y hacer una mala operación. Posteriormente, con la tasación hipotecaria estudiaría si me conviene financiarla o no financiarla y acometerla con recursos propios. Ciertamente, a día de hoy con el euríbor a la baja y el poco riesgo y razonable rentabilidad que supone un fondo monetario, pienso que valdrá la pena financiarlo.
Me gustaría saber si lo apuntado en algún foro de cambiar la finalidad de la primera tasación desde asesoramiento a hipotecaria es una práctica viable (aunque poco frecuente) entre tasadoras homologadas y de prestigio.
 
En el informe de tasación, si está correctamente realizado, deben constar los metros cuadrados reales. O por lo menos indicar los tres tipos: registral, catastral y la medición que ha realizado el perito. De esas tres mediciones, lo normal es que coincidan. En caso de existir discrepancias por ejemplo entre registro y catastro (lo más usual), si la diferencia es realmente importante, el propietario debe reclamar a catastro para que este haga una medición correcta.

El perito suele poner la del catastro si no existe mucha diferencia entre las tres o coinciden. En caso contrario, debe indicar con una anotación, que existe una discrepancia. Con eso ya tiene opción con el banco para tramitar la hipoteca. Es cuestión de hablarlo con el tasador y que le indique como lo redactará. Si el tasador le dice que se regirá por lo que indica catastro o registro sin más, independientemente de lo que le arroje su medición, lo mejor es buscarse a otro. En el informe es conveniente, en el caso que usted cita, que vaya acompañado de planos para que se demuestren esas mediciones.

Por Ley (Orden ECO 805/2003) todo informe de tasación tiene una validez de 6 meses.
 
con la tasadora con la que trabaja el banco que me interesa
El banco debería aceptar la tasación con el listado de homologadas por el Banco de España. Pregunta al banco si la haces por tu cuenta, que te dé el listado de las que aceptan, a ver qué dice. Siempre es mejor hacer la tasación por tu cuenta (aunque sea algo más cara), pero si no gusta, se deshecha y se busca otra sin tener que comprometer la operación con el banco que interesa.

Me gustaría saber si lo apuntado en algún foro de cambiar la finalidad de la primera tasación desde asesoramiento a hipotecaria es una práctica viable (aunque poco frecuente) entre tasadoras homologadas y de prestigio.
Llama a varias tasadoras por tu cuenta y pregúntales si lo hacen.
 
Bueno, dado que he visto en este foro muchas opiniones de tasadores profesionales y personal del sector, prefiero esperar a ver qué me dicen al respecto antes de empezar yo a llamar a tasadoras (además, creo que mi banco es monotasadora). Ya he llamado en una ocasión y me he encontrado con la atención de una telefonista que no era ni de lejos experta en el tema y que a lo sumo podría tomar nota de encargos sencillos y sin problemática (supongo que serán un 90% de los casos). Por eso creo que, de llamar, me encontraría siempre con un no como respuesta inicial al cambio de finalidad de una tasación de asesoramiento. Además, esa propuesta de cambio de finalidad condicionada tampoco me la han propuesto 2 bancos ni la tasadora contactada por uno de ellos.
 
Lo peor es que compraría sin disponer verdaderamente de una tasación real de mercado de esa finca y que podría equivocarme y hacer una mala operación.
A mí lo peor que me parece es que tu control del mercado para saber si estás comprando bien o no se base en la tasación, pero bueno, cada uno es cada uno...

Me parece, además, que en primer lugar deberías centrarte en informarte si esos 5 metros que estás comprando sobre 1 metro legal son legalizables o no, porque el problema no lo tienes con la tasación, lo tienes con la legalidad del inmueble. Que te estés preocupando por la tasación y no por la situación urbanística me deja descolocada...
 
Bueno, no sé por qué supones que no me he preocupado por la situación urbanística... eso es una mera suposición por tu parte. Ya de paso te diré que tu suposición sin datos no es cierta. Ese tema ya está resuelto y enfocado. Además, de haber alguna ilegalidad urbanística vigente, eso también lo tendría en cuenta el tasador y seguramente lo reflejaría en "condicionantes". Me lo ha dicho expresamente un tasador.

Por lo demás, reconozco que sí considero que la tasación de asesoramiento hecha por un profesional de la tasación es la mejor forma de saber si estoy comprando bien referente a precio de compraventa. No sé a qué "control de mercado" te refieres que ejerciera un no profesional podría mejorar el asesoramiento profesional. Obviamente veo "testigos" por la zona y manejo €/m², pero no me veo en condiciones de superar a un profesional del ramo (tasador). Por ello me importa y mucho su informe. Acepto que opines diferente, pero yo no lo veo así.

Dicho lo anterior, vuelvo a centrar el tema que necesito aclarar: me gustaría saber si lo apuntado en algún foro de cambiar la finalidad de una primera tasación desde finalidad asesoramiento a finalidad hipotecaria es práctica viable (aunque poco frecuente) entre tasadoras homologadas y de prestigio.
 
Además, de haber alguna ilegalidad urbanística vigente, eso también lo tendría en cuenta el tasador y seguramente lo reflejaría en "condicionantes". Me lo ha dicho expresamente un tasador.
Bueno, esto únicamente si el tasador la detecta... que no conozco a ninguno que pida un certificado al ayuntamiento para certificar una situación. Las discrepancias que pueda observar se basan en su criterio y en su experiencia, que pueden no coincidir con las del ayuntamiento...

me gustaría saber si lo apuntado en algún foro de cambiar la finalidad de una primera tasación desde finalidad asesoramiento a finalidad hipotecaria es práctica viable (aunque poco frecuente) entre tasadoras homologadas y de prestigio.
Esto es un tema que depende de la tasadora y cada una puede tener un criterio diferente. Lo normal es que te cobren por hacer un cambio de este tipo. Y, lógicamente, nadie aquí te podrá decir si sí o si no.
 
Gracias por tu ayuda.
Sí, respecto a legalidad y demás, ya está solicitada certificación al ayuntamiento, que en su momento pondré en manos del tasador.

Bueno, respecto a este punto, lo que verdaderamente me importa es el hecho de que sobre una primera tasación de finalidad "asesoramiento compraventa" sea viable el cambiar a esa misma tasación su finalidad a hipotecaria una vez cumplida la condición de registro correcto de los m² reales. Se cobre alguna cantidad extra o no ya es secundario. Ese cambio de finalidad me garantiza que no tendré sustos entre la valoración de compraventa y la hipotecaria.

Espero haberlo explicado de forma clara. Mi interés principal es que la tasación con la que tomo la decisión de compra y la tasación por la que me hipoteco sean la misma.

¿Es esto práctica viable (aunque no sea un caso frecuente)?
 
Viable es.
El tema es que las tasaciones legalmente tienen una validez temporal (6 meses), pasado ese tiempo, con independencia de ese cambio de finalidad, habría que valorar de nuevo. Y puede haber variación, o no... eso es algo que nadie te podrá asegurar.
 
Eso me serviría perfectamente.
En menos de 6 meses se registra, reescritura por parte del actual propietario, firma de arras, solicitud de hipoteca y compraventa y escritura definitivas ya por mi parte.

En donde había visto esta posibilidad es en este post:
Te hago la tasación con finalidad asesoramiento en compraventa suponiendo la nueva parcelación, con el compromiso por nuestra parte de que si aportas nueva documentación con las nuevas parcelas registradas en menos de seis meses te cambiamos la finalidad a hipotecaria con coste cero. Ventaja: conoces el valor de tasación, aunque no puedas formalizar legalmente la hipoteca (pero sí negociar con los bancos mientras solucionas los asuntos del registro).
Entiendo, por la forma en que se expresa, que se trata de un profesional de la tasación.
 
Viable es.
El tema es que las tasaciones legalmente tienen una validez temporal (6 meses), pasado ese tiempo, con independencia de ese cambio de finalidad, habría que valorar de nuevo. Y puede haber variación, o no... eso es algo que nadie te podrá asegurar.
Exactamente, por eso los informes tienen una validez de 6 meses. Todo depende del "mercado inmobiliario" y, como ya sabemos, está en constante cambio, tanto a la baja como al alza. Por eso, un informe, pasado ese tiempo, queda fuera de lugar, puesto que lo que hoy tiene un valor de 200.000 € dentro de un mes, posiblemente cambie y se pueden dar casos en que haya bajado, por ejemplo a 180.000 €, o haya subido a 250.000€.
 
Claro.
Es lógico que una tasación tenga un plazo de validez, dado que el mercado es dinámico.
Para mí lo importante es que dentro de ese plazo una misma tasación pueda ser cambiada de finalidad (con o sin coste).

Eso me permite, repito, tomar la decisión de compra sobre una cifra y financiar sobre esa misma cifra. Importante.
 
El propietario no está dispuesto a escriturar la obra nueva y registrarla antes de que se firme el contrato de compraventa.
A mí eso me da bastante pavor.
¿Cuáles son las razones por las que el vendedor no quiere regularizar esa situación?
Si es porque está sin liquidez, eso puede arreglarse, que para eso se firman arras y se adelanta un dinero.
Si es por otras causas, yo desconfiaría y mucho.
 
Lo normal es que cuando un propietario decide vender no quiera meterse en fregados y perder tiempo. Su idea es coger el dinero y no mirar atrás.

Entiendo también que en la venta hay alguna ventaja, sea económica u otra en relación a la competencia, por eso tienen compradores...

No prevén que al nuevo dueño le importe la situación legal del inmueble porque para ellos lleva así toda la vida y a ellos nunca les ha supuesto un problema.
 
A mí eso me da bastante pavor.
¿Cuáles son las razones por las que el vendedor no quiere regularizar esa situación?
Si es porque está sin liquidez, eso puede arreglarse, que para eso se firman arras y se adelanta un dinero.
Si es por otras causas, yo desconfiaría y mucho.
Efectivamente, es falta de liquidez.
Declaración de obra nueva y escriturar a su nombre son unos cuantos miles de euros.

El propietario no quiere actualizar antes del contrato de arras. Firmando arras y con mi dinero sí lo haría. Pero claro, en esas circunstancias, sería yo el que incurriría en riesgo firmando un contrato de arras y sin una verdadera tasación hipotecaria en mi poder que me garantice posibilidad de financiación y, más importante todavía, una tasación/valoración que me permita saber que estoy haciendo una buena operación.
 
Sí, claro. Me gusta la propiedad y es posible que sea buena compra.
Pero al tratarse de rústico y alguna que otra peculiaridad, creo que es más difícil de valorar que en urbano y que, consecuentemente, debe hacerlo un tasador profesional.
Imagina que te parece que vale 7 y un tasador lo coloca en 4. Pues mejor saberlo antes de meterse en firmas.
 
la diferencia de metros construidos frente a registrados sería del orden de 5 a 1
Pero al tratarse de rústico
No quiero ser mal pensado, pero eso huele a caseta de aperos que luego se ha ido ampliando sin licencias ni leches.
Posiblemente esté "fuera de ordenación" y eso hace que su valor sea muy pequeño comparado con una casa en terreno urbano.
¿Has ido personalmente a hablar con los técnicos del ayuntamiento?
¡Ten mucho cuidado!
 
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