Varios unifamiliares en el mismo terreno

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Hadoko

Novel
Hola, este es mi primer mensaje en el foro. Un saludo a todos.

Os pongo en situación, lo primero:
Tengo un terreno más grande de lo que necesito (1000 m², suelo urbano consolidado, en un pueblo cercano a la ciudad). Estoy a punto de que me instalen una vivienda industrializada (a nivel energético es prácticamente Passivhaus). La parcela es rectangular y la casa está en una esquina. El frente de parcela es el lado largo.

Me planteo poner una segunda vivienda, como propiedad mía. No quiero venderla. Me gustaría evitar segregar por los costes y por el retranqueo de 3 metros entre colindancias. Pero puedo dividir en 2 la parcela sin problema, ya que se cumplen las condiciones de parcela mínima, frente mínimo, no agoto edificabilidad ni ocupación en la parcela que quede con mi casa actual...

Después de leer y buscar situaciones parecidas por el foro, acabo de aprender lo de división horizontal tumbada. Para que esto se pueda realizar, la normativa urbanística no debe poner explícitamente que UNA vivienda por parcela. Y la mía es así, no lo dice.

Pero (siempre hay un pero), en la normativa urbanística hay varias ordenanzas. Que distingue entre las zonas antiguas y nuevas del pueblo.
En el apartado fondos edificables y retranqueos: copio literalmente: "Se admitirán retranqueos libres con respecto a la alineación, sin que la edificación supere el fondo de 18 metros desde la misma, y 12 metros desde la fachada de la propia edificación".

Y aquí creo que no hay manera de escaparse, que, como no soy experto, pido opinión al respecto. Aporto más datos sobre la parcela:

Rectangular (lados largos de 50 metros: norte y sur, lados cortos de 20 m: este y oeste). Las alineaciones son sur (principal, entrada a parcela, urbanizada consolidada) y este (sin urbanizar, 6 metros de tierra hasta la valla del vecino de enfrente. Pero es una calle con su nombre).
El lado norte es colindancia y el oeste da a un cauce molinar (privado, sin afección por la demarcación hidrográfica, no es zona inundable).

Mi casa está cerca de la esquina sureste, sin estar en el extremo, pero está totalmente dentro de los 18 metros (mencionados antes) a las dos alineaciones. Y no supera los 12 metros de lado (la casa es casi un cuadrado).

Con todo lo anterior, quiero entender que cualquier construcción que haga debe permanecer dentro de un cuadrado de 18 metros de lado en la esquina sureste. Y que el hecho de que la calle que linda al este no esté urbanizada no me quita de tener que cumplir con los 18 metros.

Por otro lado: quiero evaluar la situación de instalar la segunda vivienda (ya sea en la misma parcela o segregada), en régimen de bien mueble (vamos, una mobil home, pero que cumpla con el CTE y lo que sea menester). Mi duda es acerca del IBI. He leído por aquí lo de que catastro actualiza mediante fotografía aérea, pero si es un bien mueble legal, ¿pagará IBI?

Muchas gracias por haber llegado hasta aquí :)
 
Veo difícil que una mobil home cumpla CTE y puedan darle licencia urbanística al ser una infravivienda, lo que no quiere decir que no se pueda vivir allí.
 
El IBI afecta a los inmuebles EXISTENTES.
La fotografía de Hacienda ni distingue si son legales o no.
Únicamente se libran los inmuebles declarados oficialmente en ruina.
 
Veo difícil que una mobil home cumpla CTE y puedan darle licencia urbanística al ser una infravivienda, lo que no quiere decir que no se pueda vivir allí.
No sé qué referencias tienes, pero hay fabricantes que lo cumplen. Y siendo de pequeño tamaño, < 40 m², se pueden transportar en un solo módulo sobre góndola.

El IBI afecta a los inmuebles EXISTENTES.
La fotografía de Hacienda ni distingue si son legales o no.
Únicamente se libran los inmuebles declarados oficialmente en ruina.
Como he descrito en el primer post, mi idea es hacerlo todo legal. Como el IBI es el "Impuesto de Bienes Inmuebles", mi duda es qué pasa con un bien mueble instalado correctamente en el lugar.

¿La mobil home? Pues se podrá implantar en la mismas condiciones que una vivienda prefabricada.
Totalmente de acuerdo. Exactamente igual a vivienda tradicional o una industrializada anclada al suelo. Sólo quiero saber qué atribuciones tiene el hecho de que no esté anclada al suelo y sea declarada como bien mueble.

Como he descrito antes, estoy a punto de que me instalen mi vivienda industrializada como bien inmueble. En su día, me informé bastante sobre el tema antes de elegir este sistema. Y ahora quiero analizar la viabilidad de instalar una segunda vivienda más pequeña en la otra parte de la parcela.
 
el hecho de que no esté anclada al suelo y sea declarada como bien mueble
Todo el mundo piensa que porque no tenga una cimentación es un bien mueble, pero si depende de servicios generales como electricidad, agua o saneamiento de la red general se suele considerar como una vivienda y pagarás lo mismo que con cualquiera. Al menos es así por mi zona y así se lo hago saber a la gente que viene al despacho. Dependerá de cómo lo interprete el técnico municipal.
 
Por otro lado: quiero evaluar la situación de instalar la segunda vivienda (ya sea en la misma parcela o segregada), en régimen de bien mueble
Eso no existe, que yo sepa.

Sólo quiero saber qué atribuciones tiene el hecho de que no esté anclada al suelo y sea declarada como bien mueble.
Una vivienda que cumpla el CTE, por definición, no puede ser mueble. Y nadie va a "declarar" nada, no se puede.

Tu idea entiendo que viene a ser equivalente a poner una caravana o una tienda de campaña. Que no esté anclada al suelo no implica nada, lo importante es el uso que permite la parcela.
 
Que no esté anclada al suelo no implica nada, lo importante es el uso que permite la parcela.
Todo el mundo piensa que porque no tenga una cimentación es un bien mueble, pero si depende de servicios generales como electricidad, agua o saneamiento de la red general se suele considerar como una vivienda y pagarás lo mismo que con cualquiera.
Gracias. Eso es lo que buscaba.
 
No sé qué referencias tienes, pero hay fabricantes que lo cumplen. Y siendo de pequeño tamaño, < 40 m², se pueden transportar en un solo módulo sobre góndola.
No sé cómo nadie puede garantizar que cumple CTE algo que por definición es móvil.

Una vivienda puede cumplir CTE y solo por el hecho de girarla 90°, dejar de cumplir...
 
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