Vecino quiere llaves de mi portón para entrar a su finca (servidumbre)

Cierre la finca, completamente, y no tolere que nadie pase, ni por hacerle un favor, ni por ningún motivo.
En Puerto Hurraco empezaron con algo similar.
 
La opinión del abogado me parece muy extrema y no la voy a seguir, pero sí lo voy a usar para negociar.

Les diré que no tienen derecho de paso, que mientras arreglamos el asunto les puedo tolerar pasar, dejando por escrito notarialmente que es un permiso revocable, y que tienen 2 opciones:
- Arreglar el camino público (o ellos con su tiempo y dinero, o peleando con el ayuntamiento).
- Registrar la servidumbre en el camino antiguo que atraviesa mi finca, lo cual implica gastos notariales, de registro, más la indemnización que por ley hay que pagar en estos casos por el perjuicio que supone al la propiedad que da servicio. Luego tendrían que invertir más dinero en ensanchar ese camino y meterle gravilla o asfalto. El coste que eso les implicaría se lo pueden ahorrar si me venden las parcelas a buen precio, y que se queden la madera si quieren, que es para lo único que la usan.
 
Por ejemplo, suponer que una servidumbre debe estar recogida en registro, escrituras, la gran mayoría no lo están, y pensar que ellos deben gastar en registrar o escriturar, pues puede que no, puede que lo tengas que pagar tú porque la sentencia así lo recoja.

Pensar que te corresponde una indemnización, la ley dice eso, por supuesto, pero eso es para servidumbres a crear nuevas y registrar, pero para el caso que cuentas no es tan sencillo, tendrías que meterlo en la demanda y esperar si te dan algo (cantidades ridículas, en general, para el incordio que supone, tuve que valorar una vez como perito y ya te digo que muy poco) y puede que en sentencia no lo recojan y no veas un euro.

Hace muchos años hicimos un sótano junto a otro que tenía rampa ya realizada, se negoció con la comunidad y se hizo un pago para crear y registrar la servidumbre, a nuestro promotor el negocio le venía bien y a la comunidad también, porque cogió un dinerillo, al ser negociado todos contentos.

Intenta negociar antes que pleitear y listo.
 
Voy a suponer que no está inscrita o que es "personal" y no tiene validez, entonces, para aclarar hay que ir al juez, pues debes saber que una de las cosas que suele hacerse es llevar a vecinos que digan por dónde acceden los propietarios 2 y 3, si saben desde cuándo si pudieran precisar, etc.

Y fíjate tú lo que dice el inmobiliario.

Tras la compra, el agente inmobiliario me dice que los vecinos de las fincas 2 y 3 (son hermanos) tienen derecho a pasar, y que lo hacen por el camino color negro, entrando por el portalón de mi finca, que tiene la cerradura estropeada, y pasando pegados a mi casa (la finca lleva 20 años abandonada y al antiguo dueño le daría igual).
Te están echando una losa de hormigón en lo alto.

Empieza por enterarte de la realidad antes de dar ningún paso y, cuando la sepas, sabrás si tienes la sartén por el mango o estás cogido por los... (ahora mismo, y con lo que tas contado, no daría un euro por ti).
 
Me refería a que pagues tú el desbroce y acondicionamiento del camino rojo, y meses después inundes todas las zonas de paso por tu parcela.

En ese momento no les queda otra que enterrarse al pasar o ir por el camino rojo que ya permite acceso a su finca.

Si conviertes los pasos en autenticas lagunas, no los usarán…
 
Voy a suponer que no está inscrita o que es "personal" y no tiene validez, entonces, para aclarar hay que ir al juez, pues debes saber que una de las cosas que suele hacerse es llevar a vecinos que digan por dónde acceden los propietarios 2 y 3, si saben desde cuándo si pudieran precisar, etc.
La cosa es más compleja aún si cabe. Por lo que me dice el abogado, la cuestión es que aunque fuese una servidumbre reconocida, si no está inscrita en el registro de la propiedad, no afecta a nuevos compradores. Si el anterior dueño negase acceso, sí tendría sentido preguntar a vecinos, ya que el pacto fue supuestamente con él. Pero de todas formas no hay vecinos a los que preguntar, porque es una casa aislada en medio del bosque.

"Aunque existiera una servidumbre no inscrita, no puede perjudicarte, porque el registro prevalece frente a cualquier derecho oculto.
Por el Art. 34 Ley Hipotecaria, si compras una finca, pagas por ella (a título oneroso), y en el registro de la propiedad no aparece ninguna carga ni servidumbre, te protege la ley: nadie puede venir después a reclamarte un derecho no inscrito."

En cuanto a los gastos e indemnización, es muy diferente cuando es una servidumbre forzada por el juez, a cuando se pacta entre ambas partes. Para que me forzase el juez, primero me tendrían que denunciar ellos. Luego el juez vería que la finca no está enclavada, sino que tiene acceso a un camino público, y la ley es clara al respecto:

Artículo 564 del Código Civil:
"El propietario de una finca o heredad enclavada entre otras ajenas, sin salida a camino público, tiene derecho a exigir paso por las heredades vecinas, previa la correspondiente indemnización."

Artículo 565 del Código Civil:
"Si esta servidumbre se constituye en virtud de compra o cambio, será permanente; pero si solo se da por necesidad, cesará cuando la finca enclavada tenga salida a camino público."

Sentencia de 12 de febrero de 1999:
"La existencia de un camino público, aunque de difícil tránsito, impide la constitución de servidumbre de paso forzosa, pues la ley solo la autoriza en caso de enclavamiento absoluto."

Sentencia de 3 de julio de 1992:
"No procede servidumbre forzosa cuando existe salida, aunque incómoda, por camino público."
 
Aconséjale mejor algún arma directamente y se cierra el asunto.
Tú ríete, pero si inundas la zona, y pasas un tractor de los grandes dejando unas rodadas de medio metro por todo el acceso y no lo arreglas, después lo dejas secar y ese acceso queda que no veas, si tienen el otro camino limpito y accesible es fácil que lo usen, además, no sé cómo será la finca, pero en mi zona en invierno un día de lluvia metes un tractor grande en casi cualquier finca y fácil que quede intransitable...
 
Me refería a que pagues tú el desbroce y acondicionamiento del camino rojo, y meses después inundes todas las zonas de paso por tu parcela.

En ese momento no les queda otra que enterrarse al pasar o ir por el camino rojo que ya permite acceso a su finca.

Si conviertes los pasos en autenticas lagunas, no los usarán…
Un poco retorcido, ja, ja, pero imaginativo. Aunque prefiero hacerlo todo de forma limpia, manteniendo el buen trato con ellos, y no metiéndome un tiro a mí mismo en el pie dificultándome el acceso a mi finca.

De todas formas, creo que el mayor problema del camino rojo no es la maleza, sino que es de tierra y estrecho.
 
Es decir, sólo cuenta lo que aparece en el registro. Y para hacer legal esa servidumbre, habría que registrarla, bien de forma amistosa o bien porque me obligase el juez si así lo considera, y en ambas situaciones yo recibiría una indemnización por el perjuicio que supone que parte de mi propiedad esté inutilizada.

Por cierto, tengo la finca desbrozada, el problema con el camino viejo no es ese, sino que es muy estrecho y de tierra.
Siguiendo el argumento, te aconsejo que te leas el artículo 36 de la Ley hipotecaria y argumentes tu desconocimiento sobre la servidumbre cuando dices que tienes un título de propiedad del antiguo dueño donde consta el tema...

Y ya no es que tengas un conocimiento previo a tu registro, es que además vas a demostrar con ese acto que pretendes formalizar de acceso provisional que tu finca sigue siendo usada para acceder y, tal y como dice @Octopussy, muchas servidumbres no están inscritas, y puede que no acordadas, pero cuando alguien hace uso de un camino durante x tiempo puede que consolide ciertos derechos que antes no tenía. Pero vamos, si tu abogado lo ve claro y tú también... Yo sigo pensando que tienes poca defensa, menos mal que no soy el juez 😅
 
"Se da paso ÚNICAMENTE a Pepito Pérez".
Esto en realidad es una servidumbre personal, y no una servidumbre real.
En relación a esto, te diría que si Pepito Pérez era dueño de una de las dos fincas, lo de la servidumbre personal no se sostiene.

Una cosa es que Pepito tuviese que pasar por tu finca para dar de beber a las vacas en el río, o porque no quería pasar por el medio del pueblo, y otra que Pepito pase por tu finca para acceder a su finca... así que lo de servidumbre personal es más que discutible.
 
Yo sigo pensando que tienes poca defensa, menos mal que no soy el juez
Tú estás juzgando, yo sólo advierto que no, ni mucho menos esto es tan simple o sencillo como copiar cuatro artículos y dos sentencias, ya que el abogado de la otra parte copiará otros cuatro y otras dos sentencias, que de eso se nutren los juzgados.

En las STS encuentras casos en los que se niega la existencia de servidumbre y donde todo lo contrario (y se inscriben por sentencia) y eso pasa porque los casos no son exactamente iguales, yo aprendí mucho haciendo peritajes y descubres que existen positivas y negativas, aparentes y no aparentes, continuas y discontinuas, etc.

Y además descubres que al final las leyes se interpretan y los artículos están redactados con ese lenguaje para dar trabajo a jueces y abogados 🤣🤣🤣, veremos si no tendremos jueces de IA.
 
En un caso que conozco, el usufructuario de una finca la sembró por cerrarle el paso a otro.
No se puede pisar lo sembrado.
Hay un viejo chiste de abogados: dos tipos se disputan una vaca y el abogado le dice a su mujer: "Tranquila, Maruxa (son abogados gallegos), que la vaquiña al final es para nosotros".
 
¿No es posible cambiar el camino de servidumbre de sitio? Que no pase por medio de la parcela, sino por un lado que interese. Yo pienso que si se da un paso alternativo que satisfaga a todos, no debe haber problema, ¿no?
 
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